CROZ REPORT 30/12/22
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Prórroga del Miniplan y de los Planes de Facilidades de Pagos Permanentes hasta el 31/01/2023. La AFIP extiende hasta el 31/01/2023 el plazo para cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, sin considerar el SIPER, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D. Asimismo, se prorroga hasta la misma fecha la vigencia de los planes de pagos permanentes establecidos por la RG N°4268.
- Régimen de información complementario de operaciones internacionales. Se establece un régimen de información, a cargo de las sociedades de capital, sociedades constituidas en el país, fideicomisos constituidos en el país y empresas unipersonales ubicadas en el país, por las operaciones internacionales que efectúen con sujetos vinculados del exterior, en los términos del art. 18 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, y con sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.
- Argentina y Uruguay firmaron un “Memorando de entendimiento” para el intercambio de información financiera sobre operatorias transfronterizas relacionadas con los mercados de valores. La Comisión Nacional de Valores y la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay firmaron un Memorando de Entendimiento, el cual tiene vigencia desde su firma, que autoriza a intercambiar información entre dichos Organismos siempre que sea requerida por las autoridades intervinientes y esté conforme a legislación vigente de cada parte.
- El BCRA reglamentó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Mediante la Comunicación “A” 7664, el BCRA reglamentó los beneficios para las personas jurídicas inscriptas en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
- La CNV suspende transitoriamente la percepción de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2023. Se suspende la percepción de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2023, para los sujetos obligados establecidos en los incisos a), b), c), e) y f) del artículo 3º del Capítulo I del Título XVII de las Normas de CNV, hasta el 17 de febrero de 2023 inclusive. Dicha suspensión excluye a los Agentes de Administración y Custodia de Fondos Comunes de Inversión, como a aquellos casos que se encuentren en mora en el pago de la tasa de fiscalización y control correspondiente a años anteriores.
- Aprobación del Reglamento del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades. En el marco de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, la Oficina de Anticorrupción aprobó el Reglamento del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (“RITE”) y la Política de Información, Privacidad y Confidencialidad del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades. El RITE tiene como finalidad contribuir al desarrollo, mejora y madurez de los programas de integridad de empresas y entidades, y promover el intercambio de buenas prácticas, generar interacciones entre privados, y entre éstos y el sector público, con mayor transparencia. En este sentido, busca constituirse como una herramienta ágil y de uso cotidiano por parte de aquellas empresas y entidades que tengan la voluntad y el compromiso de desarrollar o mejorar sus acciones y programas de integridad.
IMPUESTOS
Prórroga del Miniplan y de los Planes de Facilidades de Pagos Permanentes hasta el 31/01/2023.
Se extiende hasta el 31/01/2023 el plazo para adherir al Miniplan a fin de cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, sin considerar el SIPER, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D. Asimismo, se prorroga hasta la misma fecha la vigencia de los planes de pagos permanentes establecidos por la RG 4268. (RG AFIP 5305 (B.O. 27/12/2022)).
Régimen de información complementario de operaciones internacionales.
Se establece un régimen de información complementario de operaciones internacionales (RICOI) a cargo de las sociedades de capital, sociedades constituidas en el país, fideicomisos constituidos en el país y empresas unipersonales ubicadas en el país, efectuadas con sujetos vinculados del exterior, en los términos del art. 18 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, y con sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación. Aplica para las operaciones internacionales en los que se verifique:
- Casos relacionados con establecimientos permanentes en el país;
- Se produzca un resultado de doble no imposición internacional;
- Se favorezca el traslado de beneficios a otras jurisdicciones aprovechando las asimetrías existentes en las leyes tributarias de dos o más jurisdicciones en lo que respecta al tratamiento y/o calificación de una entidad o contrato o de un instrumento financiero;
- Se realice la concesión de explotación de cualquier actividad que implique una transferencia económica del capital;
- Se realice una operación de leasing internacional que derive en un préstamo financiero;
- Se efectúen pagos por parte de una entidad sin fines de lucro a un sujeto del exterior; y
- Cuando se obtenga una ventaja fiscal
El régimen aplica para la presentación de la información correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 01/08/2022. (RG 5306 (B.O. 27/12/2022)).
Argentina y Uruguay firmaron un “Memorando de entendimiento” para el intercambio de información financiera sobre operatorias transfronterizas relacionadas con los mercados de valores.
El 22 de diciembre se anunció la firma del “Memorando de Entendimiento” entre la CNV y la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay (SSF) que tiene como objetivo facilitar las funciones de regulación y control de los mercados de valores para proteger a los inversores, generar confianza y evitar estafas y fraudes relacionados con ofertas públicas irregulares. El acuerdo ofrecerá una herramienta que permitirá acceder de forma ágil a información sobre operatorias transfronterizas relacionadas con procesos de registro, inscripción o autorización de sociedades y personas humanas para actuar en los mercados de valores.
La información que se suministrará sobre los establecimientos transfronterizos es la siguiente, a requerimiento de la autoridad pertinente y conforme a la legislación vigente en cada jurisdicción:
- Estados Financieros individuales y consolidados de los establecimientos transfronterizos y de los fondos o recursos administrados, con sus respectivas notas;
- Indicadores y/o informes de rentabilidad y riesgo;
- Detalle del portafolio de inversión de los establecimientos transfronterizos y de los fondos administrados; y
- Operaciones que se realicen entre la Entidad regulada y el establecimiento transfronterizo y entre los fondos que administran dichas entidades o sus fondos administrados.
El memorando tiene vigencia desde su firma. (Publicado en la página web de www.argentina.gob.ar (22/12/2022))
BCRA
El BCRA reglamentó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
El BCRA reglamentó la normativa relativa al Régimen de Fomento de Inversiones para las Exportaciones de las Actividades de la Economía del Conocimiento, creado por el Decreto N°679/22 y la Resolución N°234/22 del Ministerio de Economía. En ese sentido, se establecieron los beneficios aplicables a las personas jurídicas inscriptas en el Registro Nacional creado a tal efecto, disponiendo, entre otras medidas, que quedarán exceptuados de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de bienes y servicios, que hayan ingresado por el mercado de cambios en los plazos establecidos en cada caso y correspondan a actividades de la economía del conocimiento, en la medida que cuenten con una “Certificación de incremento de exportaciones asociadas a la economía del conocimiento”. Por su parte, se dispuso que cada beneficiario deberá nominar una entidad financiera local responsable de emitir las certificaciones de incremento de exportaciones, las cuales serán emitidas de manera trimestral y siempre que se verifiquen los requisitos dispuestos en la comunicación. Asimismo, se dispusieron las operaciones que podrán realizar las personas jurídicas accediendo al mercado de cambios a partir de un canje y/o arbitraje con fondos depositados en su “Cuenta especial para el régimen de fomento de la economía del conocimiento”. Por último, se realizaron modificaciones a la normativa de exterior y cambios vigente relacionadas al Régimen de Fomento de la Economía del Conocimiento. (Comunicación “A” 7664 29/12/2022)
SOCIEDADES
La CNV suspende transitoriamente la percepción de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2023.
La CNV suspende hasta el 17 de febrero de 2023 inclusive, la percepción de la tasa de fiscalización y control correspondiente al año 2023, para los sujetos obligados establecidos en los incisos a), b), c), e) y f) del artículo 3º del Capítulo I del Título XVII de las Normas de CNV, es decir: los Mercados, las Cámaras Compensadoras, los Mercados con función de Cámara Compensadora y los Agentes de Depósito Colectivo, los Agentes de Calificación de Riesgos, Agentes de Custodia, Registro y Pago, Agentes de Negociación, Agentes de Negociación RUCA, Agentes Asesores Globales de Inversión, Agentes de Liquidación y Compensación – Propio e Integral-, Agentes de Liquidación y Compensación –Participante Directo- y los Agentes Productores; las Emisoras de Acciones, Obligaciones Negociables, Valores Representativos de Deuda de Corto Plazo, CEDEAR y/o CEVA, los Agentes de Colocación y Distribución de Fondos Comunes de Inversión y los Agentes de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión, Los Fiduciarios Financieros
Destacamos que la suspensión no alcanza a aquellos casos que se encuentren en mora en el pago de la tasa de fiscalización y control correspondiente a años anteriores. (Resolución General (CNV) N° 943/2022 (B.O. 26/12/2022)
Aprobación del Reglamento del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades
En el marco de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas que estableció un régimen que incluye herramientas para prevenir la comisión de ciertos delitos contra la Administración Pública y promover la integridad y la transparencia empresarial por medio de la implementación de programas de integridad, la Oficina de Anticorrupción aprobó el Reglamento del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) y la Política de Información, Privacidad y Confidencialidad del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades, que tiene como objeto establecer los términos y condiciones con relación a la accesibilidad, confidencialidad y protección de los datos que las empresas y entidades aportarán en RITE, luego de haber celebrado varios acuerdos con gobiernos provinciales, organismos y entidades nacionales e internacionales, universidades, organizaciones de la sociedad civil, para el desarrollo, implementación y promoción de dicho reglamento a nivel nacional.
El RITE tiene por objeto fijar las reglas de uso y funcionamiento del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades, tanto en lo que respecta al registro propiamente dicho, como a la caja de herramientas del portal www.rite.gob.ar, cómo regular las relaciones entre los/las Usuarios/as entre sí y entre éstos/as y quien ejerce su administración, y sus respectivas responsabilidades. Asimismo, tiene como finalidad contribuir al desarrollo, mejora y madurez de los programas de integridad de empresas y entidades, y a promover el intercambio de buenas prácticas, y a generar interacciones entre privados, y entre éstos y el sector público, con mayor transparencia. En este sentido, busca constituirse como una herramienta ágil y de uso cotidiano por parte de aquellas empresas y entidades que tengan la voluntad y el compromiso de desarrollar o mejorar sus acciones y programas de integridad.
Por último, en la actualidad se encuentra en desarrollo la segunda fase de diseño del registro que busca incorporar la perspectiva de género, derechos humanos y ambiente en los compromisos en materia de integridad que pueden incorporar las empresas y entidades. (Resolución (OA) N° 25/2022 (B.O. 16/12/2022))