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CROZ REPORT 14/04/23 (Semana del 10/04/23 al 14/04/23)

CROZ REPORT 14/04/23

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura

  • Programa para facilitar el alquiler en la Ciudad de Buenos Aires. Se anunciaron una serie de medidas que se emitirían con el de facilitar el acceso de los inquilinos al alquiler de una vivienda. Entre ellas, se bonificará hasta el 70% del seguro de caución, se otorgarán créditos para que el inquilino pueda costear los gastos que surgen al inicio del contrato, por último, se financiarán reformas en viviendas desocupadas para que los inquilinos tengan disponibles casas en buenas condiciones.
  • La Inspección General de Justicia (IGJ) estableció el procedimiento para la transformación de una sociedad por acciones simplificadas en otro tipo societario. El nuevo procedimiento establecido por la Inspección General de Justicia permite que las SAS se transformen en otro tipo societario de los previstos en la Ley 19.550. La transformación, de no haber observaciones, se inscribirá a los 5 días hábiles desde su presentación.
  • La IGJ recuerda que durante este mes vence el plazo que tienen las Sociedades por Acciones simplificadas (SAS) para acreditar la existencia y veracidad de su domicilio y sede social. El 25 de abril vence el plazo establecido por la Resolución General IGJ N° 13/2022 para que las SAS con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires acrediten la existencia y veracidad de su domicilio y sede social, de acuerdo con el procedimiento que dicha resolución establece.
  • Se restablece el Programa de Incremento Exportador: El Gobierno Nacional dispuso el restablecimiento del tipo de cambio diferenciado para la exportación de soja y sus derivados, como una medida de contravalor excepcional y transitoria para la liquidación de divisas a un tipo de cambio de $300 por cada dólar estadounidense.
  • BCRA realiza aclaraciones al Programa Incremento Exportador: El BCRA realizó mediante dos comunicaciones algunas aclaraciones al Decreto que restableció el Programa.
  • La Comisión Nacional de Valores (CNV) habilitó la posibilidad de realizar nuevos trámites relacionados con fideicomiso financiero en la plataforma Tramites a Distancia.  A través de la Resolución General 956/2023 habilitó nuevos trámites en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) relacionados con fideicomisos financieros.
  • La CNV modificó el plazo de operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera. A través de la Resolución General 957/2023 la CNV estableció los nuevos plazos de permanencia de valores negociables en cartera para dar curso a operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera.

IMPUESTOS

Programa para facilitar el alquiler en la Ciudad de Buenos Aires.


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, anunció un programa para facilitar el acceso al alquiler de viviendas. Tal programa consiste en tres líneas de beneficios pensadas para asegurar el alquiler y mejorar sus condiciones:

  1. Garantía más fácil: el beneficio consiste en bonificar hasta el 70% del seguro de caución para alquileres de hasta 654 UVAs (unos $146.000). Con el beneficio aprobado, el futuro inquilino elige alguna de las aseguradoras adheridas al programa.
  2. Alquilar más fácil: se otorgarán créditos para que el inquilino pueda costear los gastos del primer mes de alquiler, depósito, mudanza y garantía. El monto máximo es de hasta 3 meses del valor del canon locativo mensual. El monto máximo del crédito no podrá superar las 1.962 UVAs (aprox. $439.000). El plazo de devolución será de 12, 24 o 36 meses y se actualizará según la evolución del Coeficiente de Estabilización de Referencia, pero nunca podrán tener un aumento acumulado mayor al del promedio de los salarios, medido por coeficiente de variación salarial (CVS).
  3. Refacción más fácil: consiste en financiar a los propietarios para que efectúen reformas en los inmuebles con el fin de que los inquilinos tengan acceso a viviendas que se encuentren en buenas condiciones. El monto máximo financiable es de 6.500 unidades de vivienda (UVIs), aproximadamente $1.357.525. Las cuotas se actualizan según el índice de costo de construcción, pero nunca podrán tener un aumento acumulado mayor al del promedio de los salarios, medido por coeficiente de variación salarial (CVS). El IVC otorga una bonificación equivalente al 15% del total del monto a financiar si al momento de la inscripción al Programa, la vivienda a refaccionar se encuentra con un contrato de locación vigente. Además, otorga una bonificación equivalente al 15% del saldo pendiente de pago para aquellos casos en que, a pesar de que la vivienda no estuviera locada al momento de la inscripción, comience a estarlo durante los primeros 24 meses de vigencia del crédito. 

(Programa Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, página web de errepar 13/04/2023).

IGJ

La IGJ estableció el procedimiento para la transformación de una sociedad por acciones simplificadas en otro tipo societario.

La IGJ establece un procedimiento en particular para la transformación de una SAS en otro tipo societario de los previstos en la Ley N° 19.550, a tal efecto deberá efectuarse mediante la presentación de dicho trámite ante la mesa de entradas de este organismo, y deberá cumplir con la presentación de los siguientes documentos:

  • Primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado original del acuerdo de transformación
  • El balance general correspondiente a los estados contables aprobados del último ejercicio económico cerrado antes de la resolución de transformación, o balance especial de transformación
  • Certificación de Contador Público
  • Inventario resumido de los rubros del balance especial de transformación certificado por contador público e informe de dicho profesional sobre el origen y contenido de cada rubro principal, el criterio de valuación aplicado y la justificación de la misma.
  • Constancia de la publicación del edicto de transformación de la Sociedad

Asimismo, se podrá solicitar junto con el trámite de transformación la rúbrica de los libros contables y societarios. La transformación, de no haber observaciones, se inscribirá a los 5 días hábiles desde su presentación. Dentro de los 90 días desde la inscripción de la transformación de la sociedad esta deberá proceder a la transcripción de todos los asientos de sus libros contables y societarios llevados de forma digital a sus correspondientes libros rubricados en soporte papel. (Resolución General IGJ N° 6/2023 (B.O. 4/4/2023))

La IGJ recuerda que durante este mes vence el plazo que tienen las Sociedades por Acciones simplificadas (SAS) para acreditar la existencia y veracidad de su domicilio y sede social.

El 25 de abril vence el plazo establecido por la Resolución General N° 13/2022 de la IGJ para que las SAS con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires presenten el procedimiento de cumplimiento mediante el cual las Sociedades por Acciones Simplificadas deben acreditar la existencia y veracidad del domicilio y sede social, la solicitud de apertura de todos los libros digitales, y la presentación de estados contables.

Para realizar la presentación del procedimiento de cumplimiento las SAS deberán presentar ante la Inspección, los siguientes documentos: formulario del trámite de Cumplimiento Resolución General N° 13/2022 timbrado, nota suscripta por el representante legal o apoderado, con firma certificada ante Escribano Público, detallando la sede social actual, número de registro RL de Libros Digitales y números de expediente de las presentaciones de balances efectuadas y la documentación que acredite la existencia y veracidad del domicilio y sede social.

La IGJ no dará curso a ninguna inscripción registral de las sociedades que no cumplan con la presentación y serán reportadas a la AFIP como sociedades presuntamente inactivas. (Pagina Web IGJ (14/4/2023))

BCRA

Se restablece el Programa de Incremento Exportador

El Gobierno Nacional dispuso el restablecimiento, de manera extraordinaria y transitoria, del Programa de Incremento Exportador creado mediante el Decreto N°576/2022, para aquellos sujetos que hayan exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia de este decreto las manufacturas de soja y sus derivados. Al efecto, los exportadores podrán liquidar divisas a un tipo de cambio de $300 por cada dólar estadounidense, incluyendo los supuestos de prefinanciación y/o postfinanciación de exportaciones del exterior o un anticipo de liquidación. Los sujetos que adhieran a este Programa deberán efectuar la registración de la “Declaración Jurada de Venta al Exterior” y liquidar las divisas en un plazo no superior al 31/05/2023. Asimismo, se dispone que quienes adhieran deberán renunciar en forma previa a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo cuya finalidad sea reclamar la aplicación de procedimientos distintos a los previstos. (Decreto N°194/2023 (B.O. 10/04/2023)) 

BCRA realiza aclaraciones al Programa Incremento Exportador

El BCRA dispuso que las operaciones incluidas en el Decreto 194/2023, que restableció el Programa Incremento Exportador, podrán ser acreditadas tanto en las cuentas especiales para exportadores como en las cuentas especiales para actividad agrícola. Asimismo, se dispuso que no serán aplicables los requisitos relacionados con el plazo de liquidación anteriores a la fecha de cobro de exportaciones o a la fecha de embarque posterior a la liquidación de un anticipo de exportación. (Comunicación “B” 12511 10/04/2023 y Comunicación 12512 11/04/2023)

CNV

La CNV habilitó la posibilidad de realizar nuevos trámites relacionados con fideicomiso financiero en la plataforma Tramites a Distancia. 

La CNV, a través de la Resolución General N° 956/2023 establece que deberán iniciarse y diligenciarse a través de Trámites a Distancia los siguientes tramites de autorización de fideicomisos financieros:

  • Oferta Pública de Creación de Programas Globales
  • Oferta Pública de Ampliación de Monto de Programas Globales
  • Oferta Pública de Prórroga de Programas Globales
  • Oferta Pública de Modificación de Términos Y Condiciones de Programas Globales
  • Oferta Pública de Series Dentro de Programas Globales
  • Oferta Pública De Fideicomisos Financieros Individuales
  • Oferta pública del Suplemento de Términos Generales
  • Oferta Pública del Suplemento de Términos Particulares
  • Adenda
  • Cancelación de Oferta Pública de Fideicomiso Financiero

La resolución General N° 956/2023 entrara en vigencia a partir del 17 de abril del 2023 (Resolución General CNV N° 956/2023 (B.O. 11/4/2023))

La CNV modificó el plazo de operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera.

Mediante la Resolución General N° 957/2023 la CNV estableció los nuevos plazos  de permanencia de valores negociables en cartera para dar curso a operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera.

En el caso de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera para dar curso a operaciones de venta los plazos mínimos de tenencia de estos valores en cartera serán:

  • Un día hábil en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley Argentina.
  • Tres días hábiles en el caso de Valores Negociables emitidos bajo ley extranjera.

En el caso de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local para dar curso a operaciones de venta el plazo mínimo de tenencia de estos valores en cartera será de un día hábil. Para el caso de transferencias de Valores Negociables adquiridos con liquidación en moneda nacional a entidades depositarias en el exterior para dar curso a operaciones de venta el plazo mínimo de tenencia de estos valores en cartera será de dos días hábiles.

Los plazos serán contados a partir de su acreditación en el Agente Depositario Central de Valores Negociables. (Resolución General CNV N° 957/2023 (B.O. 11/4/2023))

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