CROZ REPORT 10/11/2023
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Se actualizan los valores del pago a cuenta del IVA para operaciones de hacienda. La AFIP publicó en su página web los nuevos valores correspondientes a los pagos a cuenta, retenciones y percepciones aplicables a partir del 1° de noviembre, que alcanza a los operadores de la cadena de producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas, bubalinas y de carnes porcinas.
- ARBA habilitó una aplicación web para que los contribuyentes gestionen sus planes de pago. La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires informa que implementó una aplicación web para que los contribuyentes puedan gestionar desde un solo lugar todos los planes de pago vigentes con el Fisco, incluso los caducos.
- Buenos Aires (CIUDAD). Se aprueba la metodología de cálculo del valor locativo de referencia para el 2024 para el pago de Impuesto a los Sellos. Se aprueba la metodología de cálculo del valor locativo de referencia mínimo de los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino comercial en general, que será la base para el pago del Impuesto de Sellos.
IMPUESTOS
Se actualizan los valores del pago a cuenta del IVA para operaciones de hacienda bovina y porcina.
Se creó el “Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas”. En el mismo, deben inscribirse todos aquellos contribuyentes que operen en la compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina/bubalina o su faenamiento y sean Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), según lo establecido en la RG 3873/2023.
Asimismo, se actualizaron los importes de los regímenes de percepción, pago a cuenta y retención del IVA, aplicables a las operaciones de faena y comercialización de animales, carnes y cueros. Dicha actualización, será aplicable a partir del 1° de Noviembre. Esto permite a los inscriptos tomar las retenciones, percepciones y pagos a cuenta que hayan informado como deducciones en las liquidaciones de IVA.
Además, la AFIP creó el “Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Porcinas” al que deben inscribirse los sujetos que operen en la compraventa o tenencia de hacienda porcina. Asimismo, se le han establecido los nuevos Regímenes de percepción, pago a cuenta y retención del IVA, los cuales serán de aplicación, a partir del 1° de noviembre según lo establecido en la RG 4199/2023.
Los sujetos obligados deben ingresar las retenciones/percepciones practicadas a través de SICORE. Además, al igual que en el Registro de carnes Bovinas y Bubalinas, las retenciones/percepciones y pagos a cuenta informados podrán tomarse como deducciones en las liquidaciones de IVA
(RG 3873/2023 y RG 4199/2023 (B.O. 08/11/2023))
ARBA habilitó una aplicación web para que los contribuyentes gestionen sus planes de pago.
ARBA informó que implementó una aplicación web para que los contribuyentes puedan gestionar desde un solo lugar todos los planes de pago vigentes con el Fisco, incluso los caducos.
Se ingresará mediante CUIT y clave fiscal, buscando la opción de “Hacé tu plan de pagos” donde podremos gestionar los mismos.
La herramienta posibilita regularizar deudas de los impuestos inmobiliario, los automotores, embarcaciones, Ingresos Brutos y sellos.
Se aprueba la metodología de cálculo del valor locativo de referencia para el 2024 para el pago de impuesto a los sellos.
El Código Fiscal faculta a la AGIP a establecer un valor locativo mínimo de referencia para cada inmueble situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este valor será la base para el cálculo del Impuesto de Sellos. Por lo que, al firmar un nuevo contrato de locación no se podrá liquidar el Impuesto a los Sellos si se toma un monto inferior al valor locativo de referencia.
Asimismo, se dispone que valor locativo de referencia deberá actualizarse cada año y se aplicará a todos los contratos de locación que se realicen en la Ciudad de Buenos Aires.
(RG 386/2023 (B.O. 09/11/2023))