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CROZ REPORT 16/02/24 (12/02/24 al 16/02/24)

CROZ REPORT 16/02/2024

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura

  • La Comisión Nacional de Valores realizó una reforma integral al régimen de los fideicomisos financieros. La CNV mediante la Resolución N° 992/2024 aprobó una reforma integral al régimen establecido para los fideicomisos financieros, con el propósito de adecuarlo a las exigencias del mercado y las normas internacionales.
  • La Superintendencia de Seguros de la Nación eliminó el requisito de autorización previa para la transferencia de acciones y de aportes de capital a cuenta de futura suscripción de acciones. El Organismo mediante la Resolución N° 40/2024 realizó modificaciones al Reglamento General de la Actividad Aseguradora, eliminando el requisito de la autorización previa para las operatorias de transferencia de acciones y de aportes de capital.

 

CNV

La Comisión Nacional de Valores realizó una reforma integral al régimen de los fideicomisos financieros.  

La CNV, mediante la Resolución N° 992/2024, aprobó una reforma integral al régimen de los fideicomisos financieros. La reforma tiene como fundamento la necesidad de adecuar el contenido de las Normas de la CNV (T.O. 2013 y mod.) a las nuevas exigencias de las estructuras de fideicomisos financieros, como así también optimizar la calidad de la información a ser brindada al público inversor, alineando su contenido con los estándares regulatorios vigentes.

En primer lugar, destacamos que la reforma introduce modificaciones que autorizan la presentación de documentación con firma digital. Además, se amplía el menú de opciones para que el fiduciario presente la documentación que se le requiera en formato digital admitiéndose nuevos medios digitales siempre que resguarden la inalterabilidad e integridad de los datos y cumplan con los estándares de seguridad que garanticen la inviolabilidad de la información.

Asimismo, siguiendo las recomendaciones efectuadas por la Organización Internacional de Comisiones de Valores, se incorpora la figura de la retención de riesgo en los fideicomisos financieros que se constituyan con derechos crediticios en los cuales se emitan valores representativos de deuda, exceptuándose a aquellos en los cuales la oferta pública de sus valores negociables fiduciarios se encuentre destinada a inversores calificados o el fiduciante revista el carácter de entidad financiera regulada por el BCRA.

Otras modificaciones para destacar de la reforma son las siguientes:

  • La incorporación de los cambios normativos sometidos al procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.
  • La simplificación de la documentación a ser acompañada durante la tramitación de la solicitud de oferta pública, delegándose la responsabilidad en relación con su existencia y legalidad al fiduciario en cuanto resulta ser la figura central del fideicomiso.
  • La reglamentación de los fideicomisos financieros destinados al financiamiento de PyMES a través de la creación de una sección especial que contempla la simplificación del régimen de información de los fiduciantes cuando se trate de emisiones garantizadas por entidades de garantía, entre otros.
  • La estandarización del medio de publicación de los informes de control y revisión, los cuales deberán ser publicados por el fiduciario en el Sitio Web del Organismo
  • La eximición de la presentación del informe de control y revisión inicial en el supuesto de fideicomisos financieros que se constituyan con dinero u otros activos líquidos.

 

La Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, la cual se espera que sea en los primeros días de la semana entrante.

 

SSN

La Superintendencia de Seguros de la Nación eliminó el requisito de autorización previa para la transferencia de acciones y de aportes de capital a cuenta de futura suscripción de acciones.  

La Superintendencia de Seguros de la Nación, a través de la Resolución 40/2024, modificó el punto 8.3.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora eliminando de esta manera el requisito de autorización previa para la transferencia de acciones y de aportes de capital a cuenta de futura suscripción de acciones. 

A su vez se eliminan estipulaciones en cuanto a las condiciones y características de las Normas sobre Política y Procedimientos de Inversiones y las condiciones para los Préstamos con Garantía Hipotecaria y Prendaria a fin de ser Computados para el Estado de Cobertura ya que el Organismo considera que las limitaciones establecidas obstaculizaban la libre concurrencia y la interacción espontánea entre la oferta y la demanda, pudiendo configurar autorizaciones por vía de excepción. (Resolución N°40/2024 (B.O. 15/02/2024)).

 

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