CROZ REPORT 8/04/2024 al 12/04/2024
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Proyecto de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. El Gobierno Nacional presentó ante la Cámara de Diputados un nuevo texto del proyecto de ley denominado “Ley de Bases y Puntos de Partida para la libertad de los argentinos.”
- Proyecto de ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. El Poder Ejecutivo anunció que enviará a la Cámara de Diputados, en un proyecto por separado, las medidas fiscales que anteriormente se encontraban dentro del proyecto de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, que incluye entre otros puntos; moratoria, blanqueo, régimen especial y optativo de ingreso para bienes personales hasta el 31 de diciembre de 2027, modificaciones a las leyes de Ganancias, modificaciones al régimen simplificado, y facturación.
- La AFIP actualiza los montos para informar operaciones de transferencias de inmuebles y vehículos (CETA – COTI). Se actualizan a partir del 1 de abril de 2024 los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el CETA (Certificado de Transferencia de Automotores) y el COTI (Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles), así como también para declarar las operaciones de compraventa de automóviles y motos usadas.
- La CNV amplía las posibilidades de inversión en instrumentos destinados al financiamiento de PYMES. Con el objeto de potenciar el desarrollo del mercado de capitales nacional, se amplían las posibilidades de inversión para Fondos Comunes de Inversión de PYMES.
- Modificación del marco normativo de las Sociedades por Acciones Simplificadas. La IGJ modifica la normativa que regula a las Sociedades por Acciones Simplificadas y, con el fin de simplificar su inscripción, deroga distintas resoluciones que establecían determinados requisitos.
- La IGJ deroga las disposiciones sobre la pluralidad de géneros en los órganos de administración. La IGJ derogó las disposiciones que establecían que las asociaciones civiles, fundaciones, sociedades del Estado y sociedades anónimas comprendidas en el artículo 299 de la Ley N°19.550 debían incluir en sus órganos de administración y fiscalización una conformación que respete la diversidad de género.
- Se flexibiliza el acceso al mercado de cambios para MiPyMES. El BCRA redujo a 30 días el plazo para el pago de importaciones de bienes.
PODER EJECUTIVO
Proyecto de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
El Gobierno Nacional presentó ante la Cámara de Diputados un nuevo texto del proyecto de ley denominado “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. El proyecto elimina ciertas previsiones incluidas en el proyecto anterior e introduce varias reformas para distintos sectores y ámbitos, entre las cuales destacamos las siguientes:
- Declara la emergencia pública por el plazo de 1 año en materia administrativa, económica, financiera y energética y delega en el Poder Ejecutivo las facultades vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, debiendo informar mensualmente y en forma detallada sobre el ejercicio de dichas facultadas y sus resultados.
- Faculta al Poder Ejecutivo a modificar, eliminar las competencias, fusionar, disolver total o parcialmente o transferir a otras provincias, los organismos de la administración central o descentralizada, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y Empresas y Sociedades del Estado.
- Se reduce la cantidad de empresas públicas sujetas a privatización total o parcialmente o sujetas a concesión, incluyendo entre ellas a empresas tales como Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina, Intercargo SAU y Radio Televisión Argentina. Agua y Saneamientos Argentinos SA, Correo Oficial de la República Argentina SA, Belgrano Cargas y Logística SA, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOFSE) y Corredores Viales SA,
- Declara cuáles son las empresas sujetas a privatización parcial estableciendo que el Estado Nacional deberá mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de dichas empresas, es decir Nucleoeléctrica Argentina SA, Banco de la Nación Argentina, Nación Seguros SA, Nación Reaseguros SA, Nación Seguros de Retiro SA, Nación Servicios AA, Nación Bursátil SA, Pellegrini SA y Yacimientos Carboníferos Río Turbio.
- Autoriza la renegociación o rescisión de los contratos de obra pública, por razones de emergencia previa intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Sindicatura General de la Nación.
- Regularización de las relaciones laborales vigentes del sector privado. Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley, las que podrán ser relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas. La reglamentación determinará los porcentajes de condonación a aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70% de las sumas adeudadas.
- Modifica el régimen dispuesto por la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo con el fin de ampliar la tutela de los particulares frente a la Administración.
- Faculta al Poder Ejecutivo por el plazo de 1 año para disponer la derogación o modificación de las nomas de rango legal que: i) generen, de forma manifiesta, distorsiones en los precios de mercado, un sobrecosto en el sector regulado, o la escasez de bienes y servicios sin justificación de interés público suficiente; o ii) impliquen la constitución de monopolios artificiales en actividades en las que sea posible la competencia; o iii) se vinculen con la negociación de instrumentos de oferta pública a los fines de fomentar el uso de los mismos; exceptuando toda modificación o derogación de las regulaciones en materia de salud, previsional y laboral.
- Reforma la Ley de Defensa de la Competencia y crea, por una parte, la Agencia de Mercados y Competencia con el fin de preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados y sectores económicos y, por otra parte, el Tribunal de Defensa de la Competencia.
- Modifica la Ley de Hidrocarburos, permitiendo que las provincias otorguen permisos de exploración, de concesión, autorizaciones de transporte, almacenaje, y habilitaciones de procesamiento de hidrocarburos, los que antes sólo podía otorgar el Poder Ejecutivo..
- Modifica la Ley de Gas Natural estableciendo, entre otras modificaciones, que el otorgamiento de una autorización de exportación firme de GNL implicará para sus titulares el derecho a exportar todos los volúmenes autorizados en ese carácter en forma continuada y sin interrupciones ni restricciones, reducciones o redireccionamientos por causa alguna durante cada día del período de vigencia de la autorización de exportación respectiva. Asimismo, crea el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.
- Crea el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) por dos años para otorgar incentivos, certidumbre y seguridad jurídica a las inversiones nacionales y extranjeras, con una inversión mínima de USD 200.000.000 o lo que establezca el Poder Ejecutivo según sectores productivos. Esto implica una serie de beneficios impositivos en Ganancias e IVA, limitaciones a los fiscos provinciales, y beneficios aduaneros y cambiarios
- Deroga de la Ley de Moratoria Previsional N°27.705.
IMPUESTOS
Proyecto de ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
El Poder Ejecutivo anunció que presentará ante el Congreso de la Nación un proyecto de ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
En relación al mismo se destaca lo siguiente:
- Moratoria excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la Seguridad Social para obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, en hasta 84 cuotas mensuales y con distintos porcentajes de condonación de intereses según la fecha de adhesión, y según se cancele al contado o en hasta 3 cuotas mensuales, o a través de un plan de facilidades de pagos que establecerá la AFIP. También se incluyen beneficios para Pymes. La adhesión a la moratoria implica la liberación de multas y sanciones.
- Régimen de Regularización Excepcional de Activos, para residentes y no residentes, considerando tal condición al 31 de diciembre de 2023. Implica varias etapas con alícuotas del 5% al 15% según la fecha de adhesión; se podrán regularizar aquellos bienes que fueran de su propiedad o que se encontraran en su posesión, tenencia o guarda, al 31 de diciembre de 2023. El impuesto se calculará e ingresará en dólares, con un mínimo no imponible de USD 100.000.
- Régimen Especial del Impuesto a los Bienes Personales: Se aplicará una alícuota del 0,45% a la base imponible determinada con los bienes al 31 de diciembre de 2023 multiplicada por 5. Esto cubrirá el impuesto hasta el período fiscal 2027, inclusive. Podrán adherirse también aquellos sujetos que accedan al Régimen de Regularización Excepcional de Activos. Los contribuyentes que opten por adherirse gozarán de estabilidad fiscal hasta el 2038 respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales y cualquier otro tributo nacional similar.
- Modificaciones al Impuesto sobre los Bienes Personales. Se establecen nuevas escalas y alícuotas para los períodos 2023 a 2027, con una reducción progresiva de la alícuota hasta alcanzar 0,25% en 2027.
- Beneficios para contribuyentes cumplidores: Se reduce en 0,25% la alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos 2023 a 2026, inclusive, para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones correspondientes a los períodos fiscales 2020 a 2022. Para ello, deberán tener presentadas las declaraciones juradas y cancelado el saldo antes del 31 de diciembre de 2023.
- El proyecto incluye la derogación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas -Ley 23.905-.
- Modificaciones a la ley del Impuesto a las Ganancias. Introducción del Impuesto a los Ingresos Personales. Se reintroduce el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia, y se incrementan las deducciones personales. Se modifica la escala vigente del artículo 94.
- Modificaciones al Régimen Simplificado -Monotributo-: Se dispone actualizar los parámetros de la escala.
- Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor: El responsable inscripto que realice ventas a consumidores finales, deberá discriminar en la factura el gravamen que recae sobre la operación.
La AFIP actualiza los montos para informar operaciones de transferencias de inmuebles y vehículos (CETA – COTI).
En el marco de la Resolución General N° 5362/2023 que estableció un mecanismo de actualización anual por IPC de los valores mínimos a partir de los cuales se debe solicitar el CETA (Certificado de Transferencia de Automotores) y el COTI (Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles), así como también, para declarar las operaciones de compraventa de automóviles y motos usadas; se actualizan a partir del 1 de abril de 2024 los siguientes montos:
- Transferencia de automotores: Se deberá obtener un CETA cuando el precio pactado de la transferencia o el valor según la tabla de valuaciones, el mayor entre las dos opciones, sea superior a $ 10.919.766. En el caso de intermediación y compraventa de automotores usados, dichas operaciones deberán ser informadas a partir de $ 2.669.276 y moto vehículos desde $ 1.091.977.
- Transferencia de inmuebles: Se deberá obtener el COTI cuando el precio o la base imponible para el pago de impuestos inmobiliarios o impuesto a los sellos, o el valor fiscal vigente del inmueble, sea igual o mayor a $ 22.810.177.
CNV
La CNV amplía las posibilidades de inversión en instrumentos destinados al financiamiento de PYMES.
A través del dictado de la Resolución General N° 997/2024, la CNV incorpora dentro de los activos elegibles para los Fondos PYMES la inversión en Cheques de Pago Diferido y Pagarés emitidos o descontados, para su negociación en el segmento directo, garantizado y no garantizado, en primer endoso, por sociedades que no sean consideradas empresas grandes, en los términos establecidos y el listado publicado periódicamente por la AFIP (Resolución General (CNV) 997/2024 (B.O. 9/04/2024)).
IGJ
Modificación del marco normativo de las Sociedades por Acciones Simplificadas.
Como parte del proceso de revisión de la normativa que regula a las SAS, la IGJ avanza con distintas modificaciones, a través del dictado de las Resoluciones Generales N°11/2024 y N° 12/2024, con el fin de simplificar los trámites de constitución de dichas sociedades, eliminando así las restricciones vigentes y flexibilizando algunos requisitos para las inscripciones nuevas.
Entre las principales modificaciones destacamos: I) Se suspende el artículo de la Resolución General N° 3/2020 que modificaba y agregaba requisitos a la publicación de edictos; II) Se agrega la posibilidad de que las SAS constituidas sin la firma digital de todos sus integrantes y que todavía no lo hubiesen subsanado, puedan ratificar el instrumento constitutivo; III) Se deroga la Resolución General N° 9/2020 que establecía mayor control sobre las SAS en cuanto a la garantía de los administradores y del órgano de fiscalización; IV) Se deroga la Resolución General N° 2/21 en donde se establecían los recaudos, el procedimiento y los anexos para la presentación de los estados contables de las SAS; y V) Se elimina la acreditación de la existencia y veracidad del domicilio y sede social en oportunidad de constituir la sociedad o inscribir la nueva sede social.
Respecto de la inscripción de estas sociedades, la Resolución N°12/2024 dispone, de manera transitoria, que la misma se realizará mediante la documentación auténtica, conforme las modalidades establecidas por el inciso a) del artículo 7º del Anexo A de la Resolución N° 6/2017. La firma del instrumento privado por cada otorgante podrá certificarse por escribano público o por funcionario de la IGJ autorizado. Por otra parte, se suspende la vigencia y aplicación del mecanismo de constitución de las SAS por adopción de estatuto y edicto modelos establecidos en Resolución General IGJ N° 6/2017 y la aprobación de un nuevo estatuto modelo para la constitución de las SAS, hasta que se establezca un nuevo sistema de inscripción automático. (Resolución General IGJ 11/2024 y 12/2024 (B.O. 11/04/2024)).
La IGJ deroga las disposiciones sobre la pluralidad de géneros en los órganos de administración.
La IGJ, mediante el dictado de la Resolución General N° 13/2024, derogó las Resoluciones Generales N° 34/2020 y N°35/2020 que establecían que en los órganos de administración, y si existiera, en los órganos de fiscalización, de las asociaciones civiles, las simples asociaciones, las sociedades anónimas que estuvieren o quedaren comprendidas en el artículo 299, de la Ley N° 19.550, excepto las abarcadas por los incisos 1°, 2° y 7°, las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva, y las Sociedades del Estado, debía haber una composición con la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. La resolución entró en vigencia desde el 11/4/2024. (Resolución General IGJ 13/2024 (B.O. 11/04/2024)).
BCRA
Se flexibiliza el acceso al mercado de cambios para MiPyMES
El BCRA dispuso modificar la normativa de exterior y cambios reduciendo a 30 días el plazo para el pago de importaciones de bienes a todas las empresas que califiquen como MiPyME resultando aplicable a los despachos a partir del 15/04. Asimismo, a partir del 15 de abril dichas empresas podrán pagar en forma anticipada hasta un 20% del valor del bien a importar. Por último, se incorporó dentro de los bienes que pueden ser cancelados totalmente desde su registro de ingreso aduanero, al siguiente: importaciones oficializadas a partir del 15/4/24 de uranio natural, uranio enriquecido y sus compuestos, agua pesada o circonio y sus manufacturas cuando correspondan a la posición arancelaria 8109.91.00, que sean destinadas a la elaboración de energía o combustibles. (BCRA Com. A 7990 (B.O. 11/04/2024)