Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.
- Nueva prórroga del anticipo N°1 del Impuesto a las Ganancias. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableció una nueva prórroga del anticipo N°1 del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024, de personas humanas y sucesiones indivisas. Asimismo, modificó el procedimiento de cálculo de los anticipos 2024.
- La CNV reformó el régimen de FCI constituidos en el extranjero y creó un nuevo régimen de FCI para Inversores Calificados. La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó el régimen aplicable a los Fondos Comunes de Inversión que realicen oferta pública de títulos emitidos por entidades constituidas y/o registradas en el extranjero, incluyendo la de los CEDEARs, disponiendo que deberán regirse exclusivamente por lo dispuesto por la Ley N°24.083. Asimismo, la CNV instituyó un nuevo régimen para Inversores Calificados, implementando restricciones en función de la moneda en que coticen.
IMPUESTOS
Nueva prórroga del anticipo N°1 del Impuesto a las Ganancias.
A través de la RG N°5600, la ARCA dispuso una nueva fecha de vencimiento del anticipo N°1 del Impuesto a las Ganancias, período fiscal 2024, de personas humanas y sucesiones indivisas. Al respecto, se fijó el plazo para el pago hasta el día 25/11/2024, para todas las terminaciones de CUIT.
Por otra parte, se modifica el mecanismo de cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2024, actualizando el resultado neto del período fiscal 2023 por la variación de enero a junio 2024 del Índice de Precios al Consumidor (IPC), descontando las deducciones personales actualizadas por el coeficiente 6,8434, y aplicando al resultado la escala correspondiente al período fiscal 2024. Al impuesto así determinado se le restarán los pagos a cuenta del período anterior actualizados por IPC, conforme el coeficiente que contempla la variación de enero a junio 2024.
Por último, se actualiza a $150.000.000 el importe de la base de cálculo de los anticipos a partir del cual se debe solicitar la reducción de estos por el régimen especial establecido por la RG N°5246. (RG N°5600 (B.O. 11/11/2024)).
CNV
La CNV reformó el régimen de FCI constituidos en el extranjero y creó un nuevo régimen de FCI para Inversores Calificados.
Por medio de la Resolución General N°1030/2024, la CNV dispuso que la oferta pública de títulos emitidos por sociedades constituidas y/o inscriptas en el extranjero, bajo cualquiera de sus formas, incluyendo la de los Fondos Comunes de Inversión, deberá regirse exclusivamente a través de FCI constituidos bajo ley local (Ley N°24.083) y debidamente registrados ante la CNV.
Por otro lado, la CNV creó un nuevo régimen destinado a Inversores Calificados, en el marco del funcionamiento y operatoria de FCI, con el fin de aumentar la oferta de instrumentos en el mercado financiero. En este orden, introdujo nuevas disposiciones y estableció límites y restricciones de inversión de acuerdo a la moneda de denominación del FCI. Así como también, modificó el régimen referido a FCI constituidos en el extranjero, estableciendo que la oferta pública incluyendo los CEDEARS deberá ser realizarse a través de fondos que hayan sido constituidos bajo la normativa local y registrados ante la CNV. (RG CNV N°1030 (B.O. 13/11/2024)).