Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.
- Suspensión y reducción de Impuestos Internos a la venta de vehículos automóviles, motocicletas y embarcaciones. Se deja sin efecto la aplicación de Impuestos Internos para aquellas operaciones en las que correspondía la alícuota del 20%, y se reducen las alícuotas aplicables a las demás operaciones de venta de vehículos automotores y motocicletas que superen determinada base imponible.
- Beneficio de reducción de alícuotas de derechos de exportación de productos agrícolas. ARCA establece que los exportadores de productos agrícolas deberán declarar, al registrar su Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en el Sistema Malvina, que liquidarán al menos el 95% de las divisas correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la aprobación de la declaración.
- ARCA establece la opción de traslado de mercadería importada a depósitos fiscales. Se dispone que el importador pueda optar por el traslado de la mercadería desde la zona primaria aduanera de arribo a un depósito fiscal, dentro de la misma jurisdicción aduanera, en aquellos casos en los que a la destinación de importación se le haya asignado canal rojo o naranja de selectividad.
- El Banco Nación avanza con su transformación en Sociedad Anónima. El Banco Nación comunicó que cerró su balance especial de transformación al 31 de diciembre de 2024 y que la nueva Sociedad Anónima tendrá activos por $ 48 billones y depósitos y otras obligaciones por $ 33 billones. En tanto, el Patrimonio Neto (PN) de la Sociedad Anónima ascendería a $ 15 billones.
IMPUESTOS
Suspensión y reducción de Impuestos Internos a la venta de Vehículos automóviles, motocicletas y embarcaciones.
Mediante el Decreto N° 50/2025, se deja sin efecto la aplicación de la alícuota del 20% de Impuestos Internos, para aquellas operaciones que correspondería por su base imponible, sobre los siguientes vehículos:
- Los vehículos automotores terrestres concebidos para el transporte de personas, excluidos los autobuses, colectivos, trolebuses, autocares, coches ambulancia y coches celulares;
- Los vehículos automotores terrestres preparados para acampar (camping);
- Los motociclos y velocípedos con motor;
- Los chasis con motor y motores de los vehículos alcanzados por los incisos precedentes;
- Las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda;
Asimismo, se reducen las alícuotas aplicables del 35% al 18% para los bienes comprendidos en los incisos a), b) y d) cuyo precio de venta sea superior a $54.964.204,91 (sin impuestos ni comisiones), y se reduce del 30% al 15% la alícuota aplicable para los bienes comprendidos en el inciso c) cuyo precio de venta sea superior a $13.021.769,23 (sin impuestos ni comisiones). Las disposiciones tendrán efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el día 1 de febrero de 2025 hasta el día 30 de junio de 2027, ambas fechas inclusive. (Decreto N° 50/2025 (B.O. 31/01/2025)).
Beneficio de reducción de alícuotas de derechos de exportación de productos agrícolas.
En el marco del beneficio de reducción de alícuota del derecho de exportación establecido por el Decreto N°38/2025, los exportadores de productos agrícolas comprendidos en la Ley 21.453, deberán declarar, al registrar su Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en el Sistema Malvina, que liquidarán al menos el 95% de las divisas correspondientes dentro de los 15 días hábiles posteriores a la aprobación de la declaración. ARCA será responsable de verificar el cumplimiento de esta obligación mediante los datos transmitidos por el Banco Central de la República Argentina. En caso de incumplimiento, los exportadores perderán el beneficio de la reducción y deberán pagar los derechos de exportación según la alícuota original, aplicando la tasa vigente antes de la entrada en vigor del decreto. (Resolución General N°5643/2025 (B.O. 27/01/2025)).
ARCA establece la opción de traslado de mercadería importada a depósitos fiscales.
Se dispone que el importador pueda optar por el traslado de la mercadería desde la zona primaria aduanera de arribo a un depósito fiscal, dentro de la misma jurisdicción aduanera, en aquellos casos en los que a la destinación de importación se le haya asignado canal rojo o naranja de selectividad. En estos casos, la presentación de la destinación de importación ante el servicio aduanero y la asignación del verificador que intervendrá en el control físico y documental de la mercadería, se efectuaran en el depósito fiscal de destino. Esta medida entrará en vigencia a partir del 28 de febrero de 2025 y será de aplicación conforme el cronograma de implementación que estará disponible en el micrositio “ISTA – Iniciativa de Seguridad de Tránsito Aduanero” del sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. (Resolución General N°5644 (B.O. 29/01/2025)).
BANCO NACIÓN
El Banco Nación avanza con su transformación en Sociedad Anónima.
El Banco Nación comunicó que, en miras a su transformación a una Sociedad Anónima, cerró su balance especial de transformación al 31 de diciembre de 2024 y que la nueva Sociedad Anónima tendrá activos por $ 48 billones, depósitos y otras obligaciones por $ 33 billones. Por su parte el Patrimonio Neto de la Sociedad Anónima ascendería a $ 15 billones. A su vez, el capital social de la Sociedad será de un valor nominal determinado en el estatuto y el valor de las acciones surgirá del resultado de la división entre el patrimonio neto de la Sociedad por el capital social. (Página Web del Banco Nación 27/01/2025).