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CROZ REPORT 07/02/2025 (03/02/2025 al 07/02/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana. 

 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.


  • ARCA modificó a junio el vencimiento del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que el cumplimiento de la presentación y pago de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias deberá efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los contribuyentes y responsables.
  • El Poder Ejecutivo disolvió el Servicio de Conciliación Previa en las Resoluciones de Consumo. A través del Decreto 55/2025 el Poder Ejecutivo disuelve el Servicio de Conciliación Previa en las Resoluciones de Consumo (COPREC) que tenía por objeto intervenir en los reclamos de derechos individuales de consumidores o usuarios que versaren sobre conflictos en las relaciones de consumo regidas por la Ley N° 24.240 y sus modificatorias.
  • Se reglamentó la utilización del débito inmediato (DEBIN). El BCRA reglamentó la utilización del DEBIN para la adquisición de bienes y servicios en cuotas en dólares en una variante llamada Debin Programado.

 

IMPUESTOS

 

ARCA modificó a junio el vencimiento del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero introduce modificaciones a la Resolución General N°975. Al respecto, establece que la presentación y pago de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas deberá efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los contribuyentes y responsables. 

 

Para el período fiscal 2024, se establecen las siguientes fechas de vencimiento para su presentación y pago:

 

Terminación de CUIT

Fecha de presentación

Fecha de pago

0, 1, 2 y 3

11/06/2025, inclusive

12/06/2025, inclusive

4, 5 y 6

12/06/2025, inclusive

13/06/2025, inclusive

7, 8 y 9

13/06/2025, inclusive

17/06/2025, inclusive

 

(RG 5648/2025 (B.O. 07/02/2025)).



PODER EJECUTIVO 

 

El Poder Ejecutivo disolvió el Servicio de Conciliación Previa en las Resoluciones de Consumo (COPREC).

El Poder Ejecutivo dejó sin efecto el COPREC, entidad que se encargaba de intervenir en los reclamos de consumidores o usuarios sobre conflictos en las relaciones de consumo enmarcadas por la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240. Fundamentó dicha decisión en la coexistencia de organismos con facultades y atribuciones superpuestas.

 

En este sentido, la norma dispone que las actuaciones iniciadas que se encontraren pendientes de resolución continuarán siendo tramitadas y concluidas por la Secretaría de Industria y Comercio. (Decreto N° 55/2025 (B.O. 03/02/2025)).

 

BCRA

 

Se reglamentó la utilización del débito inmediato (DEBIN).

El BCRA habilitó la utilización de DEBIN para pagar la adquisición de bienes y servicios en cuotas en una variante llamada Debin Programado a partir del 28 de febrero. Estos pagos permiten la realización tanto en pesos como en dólares. Al efecto, la normativa dispone que: (i)  la cantidad de cuotas, y su monto, son fijas y establecidas de antemano; (ii) cada  plan de pagos debe ser objeto de una adhesión individual; (iii) el cliente receptor solo puede solicitar la adhesión a través del cliente ordenante; (iv) la operación debe ser autorizada primeramente por el cliente receptor; (v) una vez tramitado el aval correspondiente, la adhesión tiene efecto inmediato; (vi) una vez abonada la última cuota, no requiere pedido de baja de la adhesión por parte del cliente receptor; (vii) tanto el cliente receptor como el cliente ordenante pueden solicitar la baja del plan en cualquier momento. Por último, se indicó que el Debin programado no puede ser utilizado por clientes ordenantes cuya actividad o rubro comercial sea lotería, casinos u otros juegos de azar. (Com. “A” 8081 05/02/2025)

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