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CROZ REPORT 21/02/2025 (17/02/2025 al 21/02/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana. 

 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.

  • ARCA modificó el procedimiento para que los sujetos del exterior realicen inversiones financieras en el país. ARCA facilitó el acceso al mercado de capitales a aquellas personas humanas, personas jurídicas, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo, residentes en el exterior en jurisdicciones no identificadas por el GAFI como de Alto Riesgo o Bajo Monitoreo.
  • La CNV reglamentó el procedimiento de autorización automática de oferta pública de Fondos Comunes de Inversión cerrados de créditos. Con el fin de simplificar y agilizar los procesos de oferta pública de valores negociables en el mercado de capitales argentino, la Comisión Nacional de Valores (CNV) reguló el procedimiento de autorización automática de oferta pública para que el emisor de valores negociables pueda ofrecer públicamente títulos sin necesidad de someterse al proceso de revisión de la documentación ya sea de manera previa o posterior. 

 

IMPUESTOS

ARCA modificó el procedimiento para que los sujetos del exterior realicen inversiones financieras en el país.

Mediante la RG N° 5650, se modificó el procedimiento para que las personas humanas, personas jurídicas, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo, residentes en el exterior en jurisdicciones no identificadas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo o Bajo Monitoreo, que no posean clave asignada por ARCA y que pretendan realizar inversiones financieras en el país, puedan proceder a la apertura de una cuenta. A este fin, la entidad financiera del país y/o el agente financiero autorizado y registrado ante la Comisión Nacional de Valores (CNV) deberá solicitar la Clave de Inversores del Exterior (CIE), es decir, actuará como representante del sujeto del exterior al sólo efecto de tramitar dicha clave. (Resolución General N° 5650/2025 (B.O 18/02/2025)).

 

CNV

La CNV reglamentó el procedimiento de autorización automática de oferta pública de Fondos Comunes de Inversión cerrados de créditos.  

Mediante la Resolución General N° 1055/2025, la CNV reglamentó el procedimiento de autorización automática de oferta pública de Fondos Comunes de Inversión cerrados de créditos. Este procedimiento tuvo como fin fomentar la competitividad entre los emisores, a través de la constitución de un régimen diferenciado, en relación a sus características de emisión, sus destinatarios y el monto nominal máximo, entre otros. Así como también, tuvo como fin optimizar y agilizar el procedimiento de autorización de los FCI Cerrados cuyo patrimonio específico se integre con carteras de créditos, constituidos de acuerdo con la Sección VIII del Capítulo II del Título V de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).

En tal sentido, la CNV estableció que los valores negociables emitidos bajo este régimen deberán ser adquiridos únicamente por inversores calificados definidos en el art. 12 de la Sección I del Capítulo VI del Título II de las NORMAS CNV (N.T. 2013 y mod.); y cuyo monto nominal máximo no supere los siete millones de Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), o su equivalente en pesos o en moneda extranjera.

Asimismo, dispuso la documentación y el medio por el cual se tendrán que presentar, estableciendo que, para llevar adelante el procedimiento, la Sociedad Gerente deberá remitir a través de la plataforma de TAD el Prospecto de emisión y el Reglamento de Gestión de Fondo, destacando que los documentos de oferta pública remitidos a sus efectos no serán objeto de revisión ni aprobación por parte de la CNV, siempre que cumpla con los criterios establecidos por la normativa aplicable. En este contexto, dicha documentación deberá ser publicada a través de AIF (Autopista de Información Financiera) con carácter de declaración jurada, así como también, la Sociedad Gerente deberá remitir estados contables anuales y trimestrales del Fondo. (Resolución General N° 1055/2025 (B.O. 20/02/2025))

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