Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.
- Se prorrogaron los vencimientos de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas. El fisco nacional prorrogó las fechas de los vencimientos aplicables para la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas y sucesiones indivisas. Las presentaciones se podrán realizar hasta el 23 de junio y el pago hasta el 24 de junio.
- ARCA actualizó el importe mínimo para identificar a los consumidores finales. Se incrementó a $10.000.000 el monto mínimo por operación a partir del cual los comprobantes emitidos deben detallar los datos identificatorios de los consumidores finales.
- Se implementó el Régimen simplificado para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas. ARCA implementó a partir del período fiscal 2025 el procedimiento para aquellos contribuyentes que sólo obtengan ganancias de fuente argentina y quieran adherirse al Régimen Simplificado de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias.
- La República Argentina aprobó la Convención Multilateral para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de los Beneficios. La misma tiene como objetivo implementar ciertos cambios acordados, de manera sincronizada y eficientemente en toda la red de convenios comprendidos, sin necesidad de renegociar bilateralmente cada uno de ellos.
- La Oficina Nacional de Contrataciones flexibilizó el Sistema de Información de Contratantes. Con el fin de agilizar las contrataciones estatales y fomentar la competencia se introdujeron modificaciones en el Sistema de Información de Contratantes.
- La CNV flexibilizó el régimen de transferencias al exterior para no residentes. La Comisión Nacional de Valores dispuso que los valores negociables adquiridos en colocaciones primarias quedarán exceptuados del límite diario para transferencias al exterior, siempre que tengan un plazo de amortización no menor a 2 años desde su fecha de emisión (anteriormente, se requerían 3 años).
- Nuevas pautas para la presentación digital de estados contables en la Provincia de Buenos Aires. La Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires reglamentó la implementación de formularios digitales, exigiendo a partir de ahora la presentación del Certificado de Libre Deuda Alimentaria.
IMPUESTOS
Se prorrogaron los vencimientos de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas.
A través del dictado de la Resolución General N° 5702/2025, ARCA oficializó la prórroga de los vencimientos correspondientes a la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales, período fiscal 2024, de personas humanas y sucesiones indivisas, quedando como fechas de vencimiento las siguientes:
- Presentación: el 23 de junio de 2025
- Pago: el 24 de junio de 2025
Estas fechas serán aplicables a todos los contribuyentes sin distinción por terminación de su número de CUIT.
(Resolución General N° 5702/2025 (B.O. 29/05/2025)).
ARCA actualizó el importe mínimo para identificar a los consumidores finales.
Se modificó el importe de las operaciones con consumidores finales hasta el cual no resulta obligatorio incluir en los comprobantes los datos identificatorios del receptor en la suma de $10.000.000. Dichos datos podrán ser agregados con las siglas genéricas “NR” (No Requerido) y con ceros cuando el sistema así lo requiera. Asimismo, se dispuso que aquellos contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) no podrán utilizar la herramienta “Facturador” en las operaciones que superen el importe de $500.000.
(Resolución General N° 5700/2025 (B.O. 27/05/2025)).
Se implementó el Régimen simplificado para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas.
ARCA estableció el procedimiento para que aquellos contribuyentes residentes que sólo poseen ingresos de fuente argentina ejerzan la opción de adherir al Régimen Simplificado de Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias. Bajo esta modalidad, será el fisco el encargado de determinar el impuesto en función a la información que reúna a través de los diferentes regímenes de información y será el contribuyente quien acepte o rechace la proforma. El ejercicio de esta opción implica no tener la obligación de informar el patrimonio en la Declaración Jurada. Se dispuso que, para ejercer la opción, el contribuyente deberá ingresar a la página web del organismo, y que la solicitud podrá ser ingresada a partir del 1 de junio de 2025, hasta el día anterior al primer vencimiento general establecido para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al período fiscal 2025. Asimismo, se estableció que ARCA realizará una serie de controles para verificar que el contribuyente reúne todas las condiciones para acceder a esta opción. La solicitud podrá ser desistida hasta el vencimiento establecido para la presentación de la Declaración Jurada.
(Resolución General N° 5704/2025 (B.O. 30/05/2025)).
La República Argentina aprobó la Convención Multilateral para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de los Beneficios.
A través de la sanción de la Ley 27.788, la República Argentina aprobó la Convención Multilateral para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de los Beneficios a los fines de aplicar las medidas relacionadas con los Tratados Fiscales para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios, celebrada en la ciudad de París, el 24 de noviembre de 2016. La referida Convención tiene como fin implementar ciertos cambios acordados, de manera sincronizada y eficientemente en toda la red de convenios comprendidos, sin necesidad de renegociar bilateralmente cada uno de ellos, para impedir la utilización abusiva de los tratados fiscales, hacer frente a la evasión artificiosa de la condición de establecimiento permanente y mejorar la resolución de controversias. Los objetivos mencionados forman parte de la tendencia internacional promovida por el proyecto BEPS de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos y el G20 de establecer una cooperación y coherencia fiscal entre los países para garantizar no sólo mayor transparencia fiscal, sino también que las rentas tributen donde se lleven a cabo las actividades económicas que generen los beneficios y donde se cree valor.
(Ley N°27788 (B.O. 28/05/2025)).
PODER EJECUTIVO
La Oficina Nacional de Contrataciones flexibilizó el Sistema de Información de Contratantes.
A través del dictado de la Disposición N° 24/2025, y con el objetivo de agilizar las contrataciones estatales, la Oficina Nacional de Contrataciones, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, introdujo importantes modificaciones en el Sistema de Información de Cocontratantes (SICO) -ex Registros de Constructores y Consultoras de Obra Pública-. Las principales modificaciones son las siguientes:
- Se simplifica la presentación de requisitos para la preinscripción;
- Se reduce la duración de la capacidad económica financiera de ejecución referencial de 18 a 36 meses, a contar desde la fecha de cierre del último balance presentado;
- Se flexibiliza la evaluación de la solvencia de las empresas a los efectos de ampliar la base de oferentes;
- Se establece un nuevo mecanismo de garantía para el Estado, que podrá ser ejecutado hasta la recepción provisoria de la obra, manteniendo un resguardo ante eventuales incumplimientos.
(Disposición ONC N° 24/2025 (B.O. 26/05/2025))
CNV
La CNV flexibilizó el régimen de transferencias al exterior para no residentes.
En línea con el proceso de normalización del mercado de capitales y a partir de un requerimiento del BCRA, la CNV dictó la Resolución General Nº 1067/2025, mediante la cual se reduce de tres a dos años el plazo mínimo de amortización que deben tener los valores negociables, contado desde su fecha de emisión, para que queden exceptuados del límite diario de $200 millones aplicable a las transferencias hacia entidades depositarias del exterior.
La excepción continúa vigente exclusivamente para valores adquiridos en colocación o licitación primaria, y hasta el valor nominal suscripto.
(Resolución General CNV N° 1067/2025 (B.O. 29/05/2025))
DPPJ
Nuevas pautas para la presentación digital de estados contables en la Provincia de Buenos Aires.
La DPPJ estableció, mediante el dictado de la Disposición N° 303/2025, que las sociedades alcanzadas por el art. 299 de la Ley General de Sociedades deberán presentar la documentación previa y posterior a la asamblea a través del Formulario Digital oficial, disponiendo que las demás sociedades por acciones y las SAS deberán utilizar el “Anexo 9 – Estados Contables Sociedades”, también en formato digital. Asimismo, se autoriza, hasta el cierre de ejercicio del 31 de diciembre de 2026, a las Micro y Pequeñas Empresas con certificado MiPyME vigente a presentar balances con firma del representante legal y certificación de contador independiente legalizada. Finalmente, se incorpora como requisito obligatorio la presentación del Certificado de Libre Deuda Alimentaria emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos para todos los integrantes de los órganos de administración, fiscalización y/o gobierno.
(Disposición DPPJ N° 303/2025 (B.O. Provincia de Buenos Aires 30/05/2025))