CROZ - Roberts | Dominguez | Carassai - Tax & Legal

CROZ REPORT 13/06/2025 (09/06/2025 al 13/06/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana. 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.

  • ARCA establece un nuevo régimen de facilidades de pago. Mediante el nuevo régimen se permite a los contribuyentes y responsables regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril 2025, inclusive.
  • ARCA modifica el plazo para diligenciar trabas de medidas cautelares. El Fisco Nacional reduce el plazo para la diligencia de trabas de medidas cautelares de 72 horas a 48 horas.
  • AGIP actualiza el procedimiento expeditivo para la devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se incrementa de $2.000.000 a $10.000.000 el tope establecido para solicitar la devolución expeditiva de los saldos a favor y se agrega como requisito la inexistencia de deuda en gestión administrativa pertinente a los tributos recaudados por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
  • La CNV amplía las excepciones para transferencias de valores negociables al exterior. Se incorpora una nueva excepción para los no residentes a las restricciones del límite diario de $200 millones respecto a las transferencias de valores negociables a entidades depositarias del exterior
  • La CNV crea un nuevo régimen de tokenización de valores negociables en Argentina. Se habilita la tokenización de instrumentos de deuda, fideicomisos financieros con oferta pública y cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados con oferta pública; bajo un marco jurídico seguro y mediante un sandbox regulatorio de un año. 
  • Nuevo Régimen Simplificado para Reclamos y Sanciones a Prepagas y Obras Sociales. La Superintendencia de Servicios de Salud establece un nuevo procedimiento que busca mayor agilidad, transparencia y eficacia, con plazos breves y presunciones legales ante la inacción, y con un sistema de sanciones graduadas y un ranking público de cumplimiento.
  • Nuevas flexibilizaciones para el acceso al mercado de cambios: El BCRA dispuso eliminar el plazo de permanencia mínimo en activos locales para no residentes y realizó modificaciones para el acceso al mercado de cambios para repatriar servicios de capital, rentas y el producido de inversores de portafolio en instrumentos con cotizaciones en mercados.
  • La Cámara Civil y Comercial Federal concede con efecto suspensivo la apelación interpuesta por Telecom contra la Resolución 63/2025, que le prohibía avanzar en su fusión con Telefónica. La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal entendió que las medidas cautelares dispuestas en el caso en cuestión carecían de sustento legal y podían causar perjuicios irreparables.
  • La SRT actualiza los formularios de alta médica, fin de tratamiento y reingreso para incluir información sobre tratamientos psicológicos y evaluación de secuelas psíquicas. De esta manera, se debe indicar en los formularios si el trabajador recibió tratamiento psicológico o psiquiátrico y si se evaluaron secuelas incapacitantes. Además, se mejora la comunicación al trabajador sobre sus derechos y contacto con las Comisiones Médicas. 

 

IMPUESTOS

ARCA establece un nuevo régimen de facilidades de pago.

Mediante el dictado de la Resolución 5711/2025, ARCA pone a disposición un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a la regularización de obligaciones impositivas, incluyendo retenciones y percepciones impositivas, obligaciones aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive. El acogimiento al mismo podrá realizarse desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025, ambos inclusive, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal, sin restricciones en la cantidad de planes de pago a presentar.

La cantidad máxima de cuotas, el porcentaje del pago a cuenta y la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago serán los que, según el tipo de contribuyente, se indican a continuación:

Tipos de Contribuyentes

Cantidad Máxima de Cuotas

Porcentaje del Pago a Cuenta

Tasa de Interés de Financiación

Personas humanas, sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud

 

60

 

10%

CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tasa de interés resarcitorio -según normativa del MECON- vigente al momento de la implementación del régimen

Medianas Empresas Tramos 1 y 2 -excepto personas humanas y sucesiones indivisas-

48

15%

Resto de los contribuyentes

 

36

 

20%

(Resolución (ARCA) 5711/2025 (B.O. 12/06/2025)).

 

ARCA modifica el plazo para diligenciar medidas cautelares.

En el marco del procedimiento de ejecución fiscal, ARCA reduce el plazo para diligenciar la traba de medidas cautelares de 72 horas a 48 horas contadas desde el vencimiento del plazo de 5 días para contestar la demanda y oponer las excepciones previstas en el segundo párrafo del artículo 92 de la Ley N° 11.683, esto es, por pago total documentado; espera documentada; prescripción; inhabilidad de título.

Se establece, asimismo, de manera excepcional, para aquellos casos en que la distancia entre la sede desde donde se emita la notificación y el domicilio fiscal del contribuyente exceda los 100 kilómetros, y previa autorización judicial, que la traba de la medida cautelar podrá diligenciarse con anterioridad al vencimiento estipulado. En tal supuesto deberá ser notificado al Domicilio Fiscal Electrónico.


(Disposición N°120 (ARCA) (B.O. 11/06/2025)).

 

AGIP actualiza el régimen expeditivo para la devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En el marco de la Resolución 19/2025, mediante la cual se estableció un procedimiento expeditivo de devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires actualizó en $10.000.000 el tope del saldo a favor acumulado hasta el cual se podrá efectuar la solicitud a través de este régimen. Adicionalmente, sumó como requisito para su diligencia la inexistencia de deuda en gestión administrativa correspondiente a los tributos y gravámenes recaudados por AGIP. 

(Resolución AGIP 256/2025 (B.O. 11/06/2025)).

 

CNV

La CNV amplía las excepciones para transferencias de valores negociables al exterior.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) flexibiliza las restricciones para las operaciones con valores negociables en moneda extranjera, en línea con las disposiciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA), ampliando las excepciones al límite diario de $200.000.000 para transferencias de valores negociables al exterior. En consecuencia, se incorpora una nueva excepción tendiente a contemplar la posibilidad de que, en el caso de transferencias a entidades depositarias del exterior de valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional – cualquiera sea la ley de emisión y siempre que hayan sido acreditados como resultado de un proceso de colocación o licitación primaria, hasta el valor nominal total así suscripto de la respectiva especie-, únicamente puedan concertarse aquellas que se realicen sobre tales valores negociables emitidos por el Tesoro Nacional con fecha/s de amortización -total o parcial- no inferior/es a ciento ochenta (180) días, desde su emisión. Los Agentes de Negociación, los Agentes de Liquidación y Compensación y los Agentes de Corretaje de Valores Negociables deben verificar el cumplimiento de estas reglas y conservar la documentación respaldatoria. 

(Resolución CNV 1068/2025 (B.O.11/06/2025))

 

La CNV crea un nuevo régimen de tokenización de valores negociables en Argentina.

La CNV, mediante el dictado de la Resolución 1069/2025 y en el marco de la Ley 27.739, incorpora una regulación innovadora y pionera en cuanto a la representación digital de valores negociables con oferta pública. 

Con el objetivo es brindar seguridad jurídica, trazabilidad, inclusión financiera y promover la innovación en el mercado de capitales, el régimen permite tokenizar instrumentos de deuda y certificados de fideicomisos financieros con oferta pública, cuyo activo subyacente esté compuesto principalmente por los llamados “activos del mundo real” (real world assets), y cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados con oferta pública; todo ello utilizando Tecnologías de Registro Distribuido (TRD) o cualquier otra tecnología similar que garantice la  seguridad y cumpla con las características de nominatividad e identificación indubitable del emisor de dicho valor negociable. Los valores deben emitirse cartular o escrituralmente y depositarse ante un Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), donde quedarán inmovilizados. Los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) serán responsables de la comercialización, negociación y custodia digital, protegiendo al inversor. Se establece, además, que cada emisión deberá contar con un documento que establezca sus términos y condiciones. 

El régimen se implementará mediante un sandbox regulatorio de un año, para que, luego de ello, la CNV evalúe la conveniencia de prorrogar su vigencia. Las emisiones no tokenizadas dentro de los dos (2) años perderán acceso al régimen, lo que implicará la cancelación de oferta pública. 

(Resolución CNV 1069/2025 (B.O. 13/06/2025))

 

SUPERINTENDENCIA DE SALUD

Nuevo Régimen Simplificado para Reclamos y Sanciones a Prepagas y Obras Sociales.

Mediante el dictado de la Resolución 951/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud se establece un nuevo procedimiento para tramitar reclamos, faltas formales y sanciones contra Agentes del Seguro de Salud y de las Entidades de Medicina Prepaga. La Resolución deroga normas anteriores y busca mayor celeridad, simplicidad y eficacia en la resolución de conflictos. Se incorporan presunciones legales ante la falta de respuesta, un sistema de sanciones graduadas, un ranking público de cumplimiento y la posibilidad de adoptar medidas urgentes ante irregularidades graves, y se establecen plazos concretos –cinco (5) días para responder y treinta (30) para resolver–. La carga de la prueba recae en las entidades de salud. 

(Resolución 951/2025 (B.O. 10/06/2025))

 

BCRA

Nuevas flexibilizaciones para el acceso al mercado de cambios.

El BCRA dispuso dejar sin efecto el plazo mínimo de 180 días de permanencia para el acceso al mercado de cambios para la repatriación por parte de no residentes de servicios de capital, rentas y el producido de las ventas de inversiones de portafolio en instrumentos con cotizaciones en mercados locales autorizados por la Comisión Nacional de Valores. En la misma línea se dispuso incorporar dichas operaciones al punto 3.16.3.5 del Texto Ordenado de Exterior y Cambios, incluyéndolas dentro de las excepciones a la prohibición existente para el acceso al mercado de cambios cuando se haya operado con títulos valores 90 días antes y 90 días después de la fecha de acceso al mercado. 

(Com. “A” 8257 y “A” 8234 12/06/2025)

 

FALLOS

La Cámara Civil y Comercial Federal concede con efecto suspensivo la apelación interpuesta por Telecom contra la Resolución 63/2025, que le prohibía avanzar en su fusión con Telefónica.

La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal resolvió conceder con efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por Telecom Argentina S.A. (“Telecom”) contra la Resolución 63/2025 dictada por la Secretaría de Industria y Comercio (“SIC”). Esta Resolución, emitida en el contexto de una operación de concentración económica notificada por Telecom, quien buscaba adquirir el 100% de las acciones de Telefónica Móviles Argentina S.A, impuso una medida de “tutela anticipada” que prohibía cualquier forma de integración entre ambas empresas mientras se resolviera la autorización administrativa correspondiente. 

Entre los fundamentos más relevantes de la apelación, Telecom planteó que la Resolución 63/2025 del SIC tiene naturaleza sancionatoria, ya que modifica el régimen de control de concentraciones económicas vigente -que es ex post– al crear un control ex ante a través de una orden cautelar carente de sustento legal.

El Tribunal consideró que las medidas dispuestas excedían el marco legal previsto por la Ley 27.442 para operaciones de concentración, ya que se basaban en normas aplicables a investigaciones por conductas anticompetitivas, sin que existieran evidencias concretas de riesgo para la competencia ni una investigación formal iniciada.

Además, fue rechazada la designación de un tercero como agente de monitoreo, lo que implicaba habilitar a la persona designada a ingresar al domicilio social de Telecom e inspeccionar documentos y datos relacionados con la actividad, ya que puede tener consecuencias no subsanables ulteriormente.

Por ello, y a fin de evitar posibles perjuicios irreparables, la Cámara suspendió los efectos de la Resolución hasta tanto se resuelva el fondo del recurso. 

(Expte. CCF 6176/2025 – “Telecom Argentina SA c/ Estado Nacional Ministerio de Economía Secretaría de Industria y Comercio s/ apel resol Comisión Nac Defensa de la Compet”)

 

SRT

La SRT actualiza los formularios de alta médica, fin de tratamiento y reingreso para incluir información sobre tratamientos psicológicos y evaluación de secuelas psíquicas.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.) modificó los formularios oficiales de alta médica, fin de tratamiento y solicitud de reingreso. Ahora, los referidos formularios deben incluir si el trabajador recibió tratamiento psicológico o psiquiátrico y si se evaluaron secuelas incapacitantes. Estas modificaciones buscan mejorar la valoración de las secuelas por accidentes laborales y enfermedades profesionales. Así se garantiza una mejor atención y protección al trabajador en el sistema de riesgos laborales. La resolución entrará en vigor a partir del 11 de julio de 2025.

(Resolución SRT 27/2025 (B.O. 11/06/2025))

Más contenido: