Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- El Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) dispuso la posibilidad de cancelar obligaciones impositivas y aduaneras mediante el mecanismo de dación en pago con bonos soberanos denominados “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (“BOPREAL”). El P.E.N. dispuso que las obligaciones tributarias y aduaneras podrán cancelarse a través del mecanismo de dación en pago con bonos soberanos “BOPREAL”.
- ARCA reglamentó el mecanismo de dación en pago con “BOPREAL” para cancelar obligaciones aduaneras e impositivas. Mediante la Resolución General N° 5713/2025, ARCA reglamentó la posibilidad de utilizar bonos soberanos “BOPREAL” (nueva serie) para cancelar obligaciones aduaneras e impositivas con más sus intereses, multas y accesorios a través del mecanismo de dación en pago.
- Se establece el periodo de feria fiscal de invierno. ARCA suspendió los plazos procesales administrativos durante el periodo comprendido entre el 14 de julio de 2025 y el 25 de julio de 2025.
- Se disuelven programas, regímenes y organismos creados para el fomento y desarrollo de actividades concernientes a la ganadería ovina, caprina, bovina, bubalina y sericicultura. Mediante el Decreto N° 408/2025 el Poder Ejecutivo Nacional disolvió programas, regímenes y organismos creados para el fomento estatal de actividades vinculadas a la ganadería ovina, caprina, bovina, bubalina y sericicultura.
- Prórroga del régimen transitorio para Fondos Comunes de Inversión PyME y Fideicomisos Financieros hasta el 31 de diciembre de 2025. La CNV prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el régimen transitorio que amplía los límites de inversión para Fondos Comunes de Inversión PyME y Fideicomisos Financieros.
IMPUESTOS
El Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) dispuso la posibilidad de cancelar obligaciones impositivas y aduaneras mediante el mecanismo de dación en pago con bonos soberanos denominados “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (“BOPREAL”).
Mediante el Decreto N° 384/2025, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso que podrán cancelarse obligaciones impositivas y aduaneras, así como sus intereses, multas y accesorios con bonos soberanos denominados “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (“BOPREAL”) a través del mecanismo de dación en pago. En tal sentido, se dispuso que los bonos deberán ser utilizados entre el 30 de abril de 2028 al 31 de octubre de 2028 limitado al máximo de mil millones de dólares estadounidenses.
(Decreto N° 384/2025 (B.O. 17/06/2025)).
ARCA reglamentó el mecanismo de dación en pago con “BOPREAL” para cancelar obligaciones aduaneras e impositivas.
A través de la Resolución General N° 5713/2025, ARCA reglamentó el mecanismo de dación en pago con bonos soberanos “BOPREAL” (nueva serie) para cancelar obligaciones aduaneras e impositivas con sus intereses, multas y accesorios.
(Resolución General N° 5713/2025 (B.O. 18/06/2025)).
Se establece el periodo de feria fiscal de invierno.
Mediante la Resolución General N° 5712/2025, ARCA dispuso la suspensión del cómputo de plazos procesales y/o administrativos en materia Impositiva, Aduanera y de Seguridad Social para el periodo comprendido entre el 14 de julio de 2025 al 25 de julio de 2025. No obstante, se faculta a los jueces para que, mediante resolución fundada, habiliten días y horas para la realización de determinados actos, en el caso de que la demora perjudique los intereses del Fisco Nacional y/o del contribuyente.
(Resolución General N° 5712/2025 (B.O. 17/06/2025)).
Se disuelven programas, regímenes y organismos creados para el fomento y desarrollo de actividades concernientes a la ganadería ovina, caprina, bovina, bubalina y sericicultura.
Mediante el Decreto N° 408/2025 el Poder Ejecutivo Nacional disolvió programas y regímenes de fomento y desarrollo de la actividad ganadera ovina, caprina, bovina, bubalina y sericicultura, así como sus comisiones asesoras, registros y consejos federales concernientes. La medida alcanza la disolución del Régimen de Promoción de la Ganadería Ovina y de Llamas (Ley 25.422), al de la Actividad Caprina (Ley 26.141), al de Ganadería Bovina en Zonas Áridas (Ley 27.066), al Programa de Producción de Búfalos (Ley 27.076) y sus respectivos registros y organismos asociados.
(Decreto N° 408/2025 (B.O. 18/06/2025)).
CNV
Prórroga del régimen transitorio para Fondos Comunes de Inversión PyME y Fideicomisos Financieros hasta el 31 de diciembre de 2025.
La Comisión Nacional de Valores prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el régimen transitorio que flexibiliza los límites de inversión para Fondos Comunes de Inversión PyME y Fideicomisos Financieros. En esta línea, mediante la modificación de las Normas, se establece en cuanto a:
- Los Fondos Comunes de Inversión PyME se mantiene el límite excepcional del 40% del patrimonio del fondo para invertir en cheques de pago diferido, pagarés y otros valores negociables emitidos o descontados en el segmento directo por sociedades que no sean consideradas “Empresas Grandes” según el listado publicado por ARCA, incluso cuando no cuenten con Certificado MiPyME.
- Los Fideicomisos Financieros PyME se conserva el tope del 40% del activo fideicomitido, calculado sobre valor nominal, para incluir créditos u otros derechos provenientes de operaciones con sociedades fuera del universo “Empresas Grandes” y sin Certificado MiPyME.
(Resolución General CNV N°1070/2025 (Página WEB CNV 18/06/2025)).



