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CROZ REPORT 29/08/2025 (25/08/2025 al 29/08/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.

 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura

  • Se extiende el plazo para solicitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS por importaciones de bienes. Se podrá presentar hasta el 04/09/2025 la solicitud para la devolución de los pagos en exceso del Impuesto PAIS.
  • Se extiende el plazo para computar las percepciones de IVA en las declaraciones juradas mensuales. Las mismas podrán computarse dentro de los siguientes cinco períodos fiscales.
  • Alerta de estafas por correos electrónicos falsos. ARCA alerta sobre el envío de correos electrónicos falsos que no provienen del Organismo Fiscal advirtiendo pautas para poder identificarlos.

 

IMPUESTOS

Se extiende el plazo para solicitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto PAIS.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió el plazo hasta el 04/09/2025, para presentar la declaración jurada solicitando los saldos a favor del Impuesto PAIS por importación de bienes en el marco de las operaciones incluidas en la RG N° 5720/2025. 

(Resolución General N°5749/2025 (B.O. 25/08/2025)).

 

Se extiende el plazo para computar las percepciones de IVA en las declaraciones juradas mensuales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero permitirá computar las percepciones del Impuesto al Valor Agregado en la declaración jurada del período fiscal en el que fueron practicadas o dentro de los cinco períodos fiscales siguientes. 

Será de aplicación para los distintos regímenes de percepciones vigentes establecidos por las siguientes normas:

  • RG N° 1603 (compraventa de cheques diferidos)
  • RG N° 2126 (sujetos no categorizados)
  • RG N° 2408 (régimen general)
  • RG N° 2459 (comercialización de granos)
  • RG N° 3411 (bienes usados)
  • RG N° 3873 y 4199 (hacienda)
  • RG N° 5319 (plataformas digitales)
  • RG N° 5329 (productos alimenticios).

 

La norma entra en vigor a partir del 01/09/2025. 

(Resolución General N° 5750/2025 (B.O. 27/08/2025)).

 

Alerta de estafas por correos electrónicos falsos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero alertó sobre distintos intentos de estafa que nombran a la dependencia o áreas inexistentes, y que parecen provenir de direcciones de correo como “@afip.gob.ar”, intimando al pago de distintas multas o impuestos supuestamente adeudados por el contribuyente. En caso de recibir cualquier correo relacionado con ARCA que tenga estas características, se recomienda no abrir archivos adjuntos o links y consultar con su asesor legal y fiscal.

(https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=4671)

 

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