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CROZ REPORT 26/09/2025 (22/09/2025 al 26/09/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.

 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.

  • ARCA actualiza el plan de facilidades de pagos permanente e introduce un nuevo plan. Se actualiza de $2.000 a $50.000 el importe mínimo de cada cuota y del pago a cuenta para todos los planes comprendidos en la RG 5321/23. Asimismo, se incorpora un nuevo plan por deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social para sujetos concursados y fallidos.
  • Se reemplazan los comprobantes clase “M” por los comprobantes clase “A” con leyendas. Se reemplazan los comprobantes clase “M” por los comprobantes clase “A” con leyenda “Operación Sujeta a Retención” y clase “A” con leyenda “Pago en CBU Informada”.
  • Nuevo Régimen Excepcional de Regularización para obligaciones tributarias. La Ciudad de Buenos Aires dispuso un Régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas e infracciones cometidas hasta el 31 de agosto de 2025, inclusive, ya sea en instancia administrativa o judicial, otorgando ciertos beneficios fiscales, tales como: la condonación de recargos, multas, sanciones e intereses resarcitorios y/o punitorios.
  • ARCA restableció el mecanismo para que los importadores puedan solicitar la devolución del Impuesto “PAIS”.Esta medida alcanza a los importadores que soliciten la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto “PAIS” que no hayan podido ser computados y cumplan con ciertos requisitos.
  • Modificación de la fecha para abonar la tasa de fiscalización y control para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). La CNV modificó la fecha de pago de la tasa de fiscalización y control, correspondiente al año 2025, diferenciándola para los PSAV que se hayan inscripto antes o después del 15/10/2025.

 

IMPUESTOS

ARCA actualiza los planes de facilidades de pagos permanentes e introduce un nuevo plan.

ARCA introdujo modificaciones a los planes de pagos permanentes dispuestos por la RG 5321/2023. Al respecto, se actualiza de $2.000 a $50.000 el importe mínimo de cada cuota y del pago a cuenta para todos los planes. Por su parte, introduce un nuevo plan de pagos por deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social correspondientes a sujetos en concurso preventivo, o en estado falencial, devengadas desde la fecha de presentación en concurso o de la declaración de quiebra con continuidad, respectivamente, y vencidas hasta 2 años posteriores a dicha fecha.

(Resolución General N°5759/2025 (B.O. 23/09/2025)).

Se reemplazan los comprobantes clase “M” por los comprobantes clase “A” con leyendas.

ARCA modificó su normativa a efectos de reemplazar los comprobantes clase “M” por los comprobantes clase “A” con leyendas especiales. Quienes soliciten por primera vez comprobantes clase “A” y no cumplan con alguno de los requisitos establecidos, podrán emitir comprobantes clase “A” con leyenda “Operación Sujeta a Retención”. Esto implica que el adquirente, locatario o prestatario inscripto en el Impuesto al Valor Agregado que reciba este tipo de comprobante deberá actuar como Agente de Retención del Impuestos al Valor Agregado y del Impuesto a las Ganancias. Asimismo, para quienes no cumplan con el requisito de solvencia, en los términos establecidos en la norma, podrán optar por emitir comprobantes clase “A” con leyenda “Pago en CBU Informada”. Las disposiciones rigen a partir del día 01/12/2025.

(Resolución General N°5762/2025 (B.O. 25/09/2025)).

 

Nuevo Régimen Excepcional de Regularización para obligaciones tributarias.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso un Régimen Excepcional de Regularización de obligaciones tributarias vencidas e infracciones cometidas hasta el 31/08/2025, inclusive, en instancia administrativa y/o judicial. El Régimen ofrece beneficios fiscales, tales como: la condonación de recargos, multas y demás sanciones, la extinción de la acción penal y la condonación de hasta el 100% de los intereses resarcitorios y/o punitorios. La tasa de interés se fija en un 2% mensual, excepto para quienes encuadren como Grandes Contribuyentes, cuya alícuota de financiación será del 3%. La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- dictará las normas reglamentarias y operativas de este Régimen.

(Ley N°6842 (C.A.B.A. B.O. 23/09/2025)).

 

ARCA restableció el mecanismo para que los importadores puedan solicitar la devolución del Impuesto “PAIS”.

ARCA restableció el mecanismo especial para que los importadores soliciten la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto “PAIS”, que no hayan podido ser computados. Rige tanto respecto a la importación de mercaderías con registro de ingreso aduanero hasta el día 12/12/2023 así como para aquellas importaciones de mercaderías con registro de ingreso aduanero entre los días 13/12/2023 y 24/11/2024, inclusive, respecto de las cuales no se hubiera podido computar el pago a cuenta del Impuesto PAIS por no haber accedido al Mercado Único y Libre de Cambios o por haberlo hecho con posterioridad a la finalización de la vigencia del gravamen.

El plazo para la presentación de la declaración jurada se extenderá desde el 06/10/2025 hasta el 19/11/2025, ambas fechas inclusive.

(Resolución General N°5765/2025 (B.O. 26/9/2025)).

 

CNV

Modificación de la fecha para abonar la tasa de fiscalización y control para ciertos Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).

La CNV modificó en su normativa la fecha de pago de la tasa de fiscalización y control, correspondiente al año 2025, para los PSAV, con el fin de garantizar un adecuado ordenamiento en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. A tales efectos, diferenció la fecha de pago, entre (i) aquellos PSAV que se encuentren inscriptos al 15/10/2025, quienes deberán abonar la tasa de fiscalización y control entre los días 03/11/2025 y 07/11/2025, ambos inclusive; y los (ii) PSAV inscriptos en el Organismo con posterioridad a esa fecha, los que deberán abonar la tasa dentro de los 5 días hábiles de obtenida la inscripción.

(RG CNV N°1086/2025 (B.O. 22/09/2025)).

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