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Se actualizó el régimen de Reportes de Operaciones Sospechosas para la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo.
La Unidad de información financiera modifica el régimen de Reportes de Operaciones Sospechosas para la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo conforme a los estándares más recientes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En este sentido, la resolución establece que los Sujetos Obligados deberán realizar el Reporte de Operaciones Sospechosas a las 24 horas de la fecha de la operación realizada o tentada. Asimismo, cuando el Sujeto Obligado verifique que se cumple alguna de las circunstancias necesarias para considerarse una Operación Sospechosa de Financiación del Terrorismo, deberán efectuar sin demora el congelamiento de los bienes u otros activos involucrados en las operaciones e informar inmediatamente al organismo la aplicación de la medida de congelamiento.
(Resolución N°207/2025 (B.O. 06/11/2025)).



