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Reporte Semanal: Del 18 al 20 de febrero 2026

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana. Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.

CNV |

La CNV reglamenta la aplicación del Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias en el mercado de capitales.

La CNV reglamenta, respecto de quienes hayan optado por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias, la aplicación de fondos y/o activos al sistema financiero por parte de personas humanas y sucesiones indivisas residentes que adhieran al Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias (el “Cliente” y el “Régimen”). La norma dispone que no resultan aplicables las limitaciones de monto para depósitos en efectivo cuando se cumplan los requisitos previstos, habilitándose de esta manera el ingreso de fondos mediante depósitos en efectivo, transferencias de valores negociables desde o hacia subcuentas comitentes en Agente de Liquidación y Compensación (“ALyC”) o Agentes Colocadores de FCI y transferencias de Activos Virtuales hacia o desde cuentas en Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (“PSAV”) registrados ante la CNV.

Los requisitos exigidos por la norma, además de encontrarse el Cliente adherido al Régimen, consisten en que el Cliente sea titular o cotitular de las cuentas involucradas y que las jurisdicciones de origen no sean consideradas no cooperantes ni de alto riesgo conforme estándares internacionales, manteniéndose también la obligación de observar la normativa de la UIF en materia de PLAFTFP y las disposiciones específicas de la CNV sobre suscripción de cuotapartes, segregación de cuentas y demás deberes regulatorios.

(RG CNV N° 1108 (B.O. 20/02/2026)).

 

La CNV incorpora las bolsas de comercio de distintas jurisdicciones al régimen de anotación de boletos de compraventa sobre inmuebles futuros.

La CNV incorpora a las Bolsa de Comercio de Córdoba, La Plata, Mendoza, Rosario, San Juan, Santa Fe y Chaco como entidades habilitadas para prestar servicios −por fuera del ámbito del mercado de capitales y de la competencia de la CNV− de anotación de boletos de compraventa y otros contratos sobre unidades construidas o proyectadas bajo propiedad horizontal u otros regímenes de subdivisión del suelo que prometan la entrega de dominio o superficie sobre inmueble futuro sin posesión por insuficiente avance constructivo. Asimismo, establece que dichas bolsas podrán prestar este servicio aún cuando se encuentren registradas ante el organismo bajo otra categoría de agente, permitiéndose exclusivamente su desarrollo mediante la ampliación del objeto exclusivo exigido, sin necesidad de encuadrar la actividad dentro de las actividades afines y/o complementarias previstas para otros sujetos regulados.

(RG CNV N° 1109 (B.O. 20/02/2026)).


BCRA | UIF

El BCRA y la UIF fijan conjuntamente criterios operativos sobre la Ley de Inocencia Fiscal y depósitos en efectivo.

La UIF y el BCRA difundieron conjuntamente lineamientos vinculados con la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal, la cual modifica el régimen penal tributario, eleva los umbrales de punibilidad del delito de evasión y crea el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias con efecto liberatorio condicionado, estableciendo que la tenencia de moneda extranjera en efectivo no constituye por sí sola un indicio de ilicitud y debe evaluarse conforme a un Enfoque Basado en Riesgo (EBR) que contemple perfil, actividad y razonabilidad económica del cliente.

Se aclara que la normativa de Prevención de Lavado de Activos no prohíbe depósitos en efectivo ni exige requerir en línea de caja información sobre el origen de fondos, limitándose la obligación a identificar depositante y titular cuando el monto supere los 40 Sueldos Mínimos Vitales y Móviles (SMVM).

Los lineamientos indican que la adhesión al régimen simplificado deberá considerarse antecedente favorable en el análisis de riesgo, y se exhorta a los sujetos obligados a revisar umbrales operativos, requerimientos documentales, matrices de riesgo y sistemas de monitoreo, evitando exigencias inconsistentes con el EBR y manteniendo vigentes las obligaciones relativas a la PLAFTFP.

(BCRA y UIF “Lineamientos sobre la Ley 27.799” (Sitio Web Oficial BCRA – 18/02/2026)).

Más contenido:

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Reporte Semanal: Del 26 al 30 de enero 2026

IMPUESTOS |  Actualización del régimen de reducción de anticipos de ganancias.  ARCA introdujo modificaciones en el procedimiento para solicitar la reducción de los anticipos del