Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- La UIF readecúa las medidas de control sobre el sector financiero habilitando la solicitud de información tributaria de clientes. En línea con la Resolución General AFIP N°5125/2022, que eliminó la prohibición a los sujetos obligados de solicitar la declaración jurada de impuestos nacionales a sus clientes, la UIF resuelve readecuar los criterios plasmados en las resoluciones UIF N° 30/2017, 21/2018 y 28/2018 con el objeto de adaptar dicha normativa a los estándares internacionales en cuanto a medidas de “Debida Diligencia del Cliente”, que permitan incrementar el grado y naturaleza del monitoreo de la relación comercial en miras de determinar si las transacciones o actividades parecen inusuales o sospechosas.
- Se actualizan los valores obligatorios de patrimonio neto mínimo para los Agentes de Colocación y Distribución y los Agentes de Colocación y Distribución Integral. La CNV dispuso modificar la normativa vigente con el objetivo de actualizar los valores obligatorios de patrimonio neto mínimo y contrapartida para los Agentes de Colocación y Distribución (ACD) y los Agentes de Colocación y Distribución Integral (ACDI).
- Se suspende por 180 días el tratamiento de autorizaciones para nuevas entidades que soliciten operar en la rama Riesgos del Trabajo. Teniendo en cuenta el estado de situación de la rama de riesgos del trabajo y de las entidades que operan en la misma, producto de las indemnizaciones abonadas y pendientes de abonar como consecuencia de la pandemia provocada por el COVID-19, la Superintendencia de Seguros de la Nación suspende por 180 días el tratamiento de nuevas entidades que soliciten autorización para operar en la rama Riesgos del Trabajo, así como también la tramitación de los pedidos de autorización para operar en dicha rama que se encuentren en curso.
UIF
Los sujetos obligados ante la UIF podrán solicitar información y documentación a sus clientes que permitan la confección de un perfil transaccional prospectivo (ex ante).
Con el objetivo adaptar los criterios plasmados en las resoluciones UIF N° 30/2017, 21/2018 y 28/2018 a los estándares nacionales e internacionales en materia de política de lavado de activos y financiación de terrorismo (ejecutar medidas intensificadas de “Debida Diligencia del Cliente” incrementando el grado y naturaleza del monitoreo de la relación comercial, a fin de determinar si esas transacciones o actividades parecen inusuales o sospechosas); y a lo dispuesto por la Resolución General de la AFIP N° 5125/2022 (B.O. 27/12/2021), que eliminó la prohibición a los sujetos obligados de solicitar la declaración jurada de impuestos nacionales a sus clientes, la UIF, mediante el dictado de la Resolución N° 6/2022, adecúa su normativa vigente en la materia, estableciendo que la información y documentación que los sujetos obligados soliciten a sus clientes deberán permitir la confección de un perfil transaccional prospectivo (ex ante), teniendo en cuenta el propósito y la naturaleza esperada de la relación comercial, la información transaccional y la documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria que hubiera proporcionado el cliente o que hubiera podido obtener el propio sujeto obligado, según los procesos de Debida Diligencia que corresponda aplicar en cada caso. (Resolución N° 6/2022 (B.O. 14/01/2022))
CNV
Se actualizan los valores obligatorios de patrimonio neto mínimo para los Agentes de Colocación y Distribución y los Agentes de Colocación y Distribución Integral.
La Comisión Nacional de Valores dispuso ciertas modificaciones al marco regulatorio vigente para la inscripción y funcionamiento de los Agentes de Colocación y Distribución (ACD) y los Agentes de Colocación y Distribución Integral (ACDI). Al efecto, dispuso la utilización como valor de referencia las Unidades de Valor Adquisitivo (UVA). Por su parte se estableció un cronograma de adecuación para los ACD y ACDI que se encuentren registrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la norma, destacándose que la falta de adecuación en los plazos previstos implicará la baja del Registro de la CNV. (CNV RG 919 (BO. 10/01/2022))
SSN
Se suspende por 180 días el tratamiento de autorizaciones para nuevas entidades que soliciten operar en la rama Riesgos del Trabajo.
La Superintendencia de Seguros de la Nación resuelve, mediante el dictado de la Resolución N° 30/2022, suspender por 180 días el tratamiento y la tramitación de pedidos en cursos de nuevas entidades que soliciten la autorización para operar en la rama Riesgos del Trabajo. La medida de conveniencia tiene fundamento en la desigualdad de la situación comercial en que se encontraría cualquier nuevo operador que obtenga su autorización, ya que no cargaría con los efectos de los siniestros producidos por la pandemia causada por el virus del COVID-19 y sus consecuencias financieras, que soportan actualmente los operadores de Riesgo de Trabajo ya autorizados. (Resolución N° 30/2022 (B.O. 14/01/2022)).