CROZ REPORT 27/5/22
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Prórroga de los vencimientos de las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias, Cedular y a los Bienes Personales. El organismo fiscal dispuso prorrogar los vencimientos de las presentaciones y pagos de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias de las personas humanas, cedular y sobre los bienes personales, a los días 24, 27 y 28 de junio, según la terminación del CUIT.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) mediante las Acordadas Nros. 13, 14 y 15, realizó actualizaciones a los valores para interponer recurso de queja, apelar las sentencias definitivas y para el pago de tasa de justicia de los procesos sin monto pecuniario. La Corte Suprema de Justicia de la Nación actualizó el monto necesario que se debe depositar para la interposición del recurso de queja ante la CSJN, siendo el mismo de $300.000. Asimismo, también actualizó el monto mínimo que debe tener una sentencia definitiva o las demás resoluciones para poder ser apeladas, pasando a ser de $700.000. Por último, adecuó el monto que se integrara en concepto de monto fijo en los juicios cuyo objeto litigioso no tenga valor pecuniario cuyo monto pasó a ser de $4.700.
Impuestos
Prórroga de los vencimientos de las declaraciones juradas de los Impuestos a las Ganancias, Cedular y a los Bienes Personales
La AFIP dispuso prorrogar los vencimientos de las presentaciones y pagos de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias -personas humanas-, cedular y sobre los bienes personales, venciendo, según terminación de la CUIT, los días:
(i) 23/6 presentación y 24/6 pago, para CUIT terminada en 0, 1, 2 y 3;
(ii) 24/6 presentación y 27/6 pago, para CUIT terminada en 4, 5 y 6;
(iii) 27/6 presentación y 28/6 pago, para CUIT terminada en 7, 8 y 9
(RG 5192 (B.O. 27/5/22)).
Otras novedades
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) mediante las Acordadas Nros. 13, 14 y 15, realizó actualizaciones de valores para interponer recurso de queja, para apelar las sentencias definitivas y para el pago de tasa de justicia de los procesos sin monto pecuniario.
La CSJN realizó varias actualizaciones de montos entre ellas, la actualización de la suma del depósito necesario para interponer el recurso de queja la cual pasa a ser de $300.000, ello mediante la Acordada N° 13/2022. Con este nuevo valor de depósito la CSJN busca que se respete el objetivo de preservar una necesaria proporcionalidad entre el monto del depósito y los valores en juego. El nuevo monto se aplicará para los recursos de queja que se presenten a partir del 1 de junio de 2022. Por otra parte, mediante la Acordada N° 14/2022 la CSJN decidió fijar en $700.000 el monto mínimo que debe tener una sentencia definitiva o las demás resoluciones que se dicten en los procesos para poder ser apeladas. Este nuevo monto se aplicará a las demandas o reconvenciones que se presenten a partir del 1 de junio de 2022. Por último, a través de la Acordada N° 15/2022 la CSJN decidió fijar en $4.700 el monto que se deberá integrar en concepto de monto fijo en los juicios cuyo objeto litigioso no tenga valor pecuniario. El nuevo monto se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del 1 de julio de 2022. La adecuación del monto se produce a fin de evitar la percepción de una tasa judicial disminuida en términos reales. (Acordadas Nros. 13, 14 y 15 /2022 (B.O. 27/05/2022))