CROZ REPORT 10/05/2024
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Se dispone la ampliación del Impuesto PAÍS. El Poder Ejecutivo extiende la aplicación del Impuesto País a las operaciones que tengan como fin el giro de utilidades y dividendos al exterior, y a quienes suscriban a tal efecto los bonos BOPREAL.
- La CNV modifica el marco normativo relativo a los plazos de liquidación para las operaciones de contado. Se reduce de 48 horas a 24 horas el plazo de liquidación para las operaciones de contado.
- El Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece nuevos requisitos de información para los beneficiarios finales que adquieran el dominio de un inmueble o resulten usufructuarios. Se establece que para los casos en que un beneficiario final adquiera la titularidad de dominio del inmueble y/o resulte su usufructuario, el mismo deberá informar distintos datos sobre el adquiriente, ya sea persona jurídica o fideicomiso, y sobre el beneficiario final.
- El BCRA comunica el llamado a licitación de Bonos BOPREAL. El Banco Central de la República Argentina llama a licitación de Bonos BOPREAL.
- Finalización de los beneficios para turistas. El BCRA decidió dejar sin efecto la normativa que permitía a los turistas abrir cuentas y operar con títulos valores al tipo de cambio dólar MEP.
IMPUESTOS
Se dispone la ampliación del Impuesto PAÍS.
El Poder Ejecutivo estableció la ampliación de la aplicación del Impuesto País para quienes accedan al mercado de cambios a fin de pagar al exterior utilidades y dividendos y/o para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos (recibidos a partir del 1/9/2019), y/o para la suscripción de bonos BOPREAL que se adquieran para la cancelación de los conceptos mencionados. Para estos casos la alícuota que se aplicará será del 17,5%. (Decreto N° 385/2024 (B.O.06/05/2024)).
CNV
La CNV modifica el marco normativo relativo a los plazos de liquidación para las operaciones de contado.
Con el objetivo de adecuar la normativa nacional a la de otros mercados como Estados Unidos, Canadá y México, la CNV, mediante el dictado de la Resolución N° 1000/2024, estableció nuevos plazos de liquidación para las operaciones de contado. A partir de ahora el plazo de liquidación de contado para las operaciones con valores negociables de renta variable y/o fija será de 24 horas. De igual forma, se mantendrá el plazo de 48 horas únicamente para operaciones con valores negociables de renta fija, siempre y cuando las Cámaras Compensadoras y los Mercados no opten por discontinuar este plazo. (Resolución General (CNV) N° 1000/2024 (B.O. 9/05/2024)).
MINISTERIO DE JUSTICIA
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece nuevos requisitos de información para los beneficiarios finales que adquieran el dominio de un inmueble o resulten usufructuarios.
A través de la Disposición N° 7/2024, el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableció que en los casos de transmisión del dominio o constitución del derecho real de usufructo mediante el cual un beneficiario final (conforme lo define la UIF), adquiera esa titularidad y/o resulte su usufructuario, se deberá informar al Registro los datos de identificación de la persona jurídica, fideicomiso o estructura jurídica adquirente; y respecto del o los beneficiarios finales, se deberá informar: el nombre y apellido, tipo y número de documento, domicilio real, nacionalidad, fecha de nacimiento, profesión, estado civil, porcentaje de participación o titularidad o control, CUIT/CUIL y la condición de Persona Expuesta Políticamente.
Por último, se aprobó un nuevo formulario de declaración jurada sobre la condición de beneficiario final, el cual deberá ser firmado por el otorgante del acto, su representante legal y/o el profesional autorizante en su condición de sujeto obligado. (Disposición N° 7/2024 (B.O. 8/05/2024)).
BCRA
El BCRA comunica el llamado a licitación de Bonos BOPREAL.
El BCRA comunicó el llamado a la tercera serie de instrumentos para la licitación de Bonos BOPREAL. Las ofertas fueron canalizadas durante los días miércoles 8 y jueves 9 de mayo a través de la rueda BPAL de SIOPEL. La fecha de liquidación de esta serie 3 de los Bonos BOPREAL será el 16/05/2024 y la fecha de vencimiento será el 31/05/2026. Los suscriptores podían ser los importadores que tengan deudas pendientes con el exterior por la importación de bienes con despacho aduanero anterior al 12/12/2023 o servicios efectivamente prestados con anterioridad a dicha fecha. Además, podían participar de la licitación las empresas que posean utilidades y dividendos pendientes de pago a accionistas no residentes según la distribución determinada por la asamblea de accionistas, así como también clientes no residentes que posean utilidades y dividendos cobradas en pesos en el país a partir del 1/09/2019 y que no han sido remitidos al exterior.
Estos Bonos devengarán intereses trimestrales a la tasa del tres por ciento (3%) nominal anual, los que serán pagaderos los días 31/08/2024, 30/11/2024, 28/02/2025, 31/05/2025, 31/08/2025, 30/11/2025, 28/02/2026 y 31/05/2026, y serán calculados sobre la base de meses de treinta (30) días y años de trescientos sesenta (360) días (30/360). (Comunicación N° B12795 (B.O 3/05/2024)).
Finalización de los beneficios para turistas.
El BCRA dejó sin efecto las disposiciones de la normativa de Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales que permitía a las entidades financieras abrir cajas de ahorro en moneda nacional o extranjera a turistas. Asimismo, dispuso dejar sin efecto diversos puntos de la normativa de Exterior y Cambios, que permitían a los turistas realizar operaciones de canje y arbitraje y operar con títulos valores por medio de las entidades financieras al tipo de cambio dólar MEP. En relación con este último punto, se dispuso que las entidades financieras podrán realizar hasta el 13/05 las operaciones con títulos valores que se encuentren pendientes en virtud de las operaciones concretadas en el marco del mecanismo previsto en punto 4.4. de las normas de “Exterior y cambios” en los dos días hábiles previos a la entrada en vigencia de la norma. (BCRA Com. A 8006 09/05/2024).