CROZ REPORT 31/05/2024
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Se actualizaron los importes mínimos de las operaciones que deben informar las entidades financieras y administradoras de pagos virtuales. La actualización de los importes aplica a partir del 1 de junio de 2024. Además, se establece una actualización de estos valores en forma semestral.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó la fecha de presentación del SIRADIG. Se extiende al 30 de junio de 2024 el plazo para la presentación del formulario de Declaración Jurada F.572 (SIRADIG-Trabajador) correspondiente al período fiscal 2023.
- La Secretaría de Industria y Comercio aprobó el Reglamento para la Implementación del Programa de Clemencia de aplicación por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) frente a carteles. Se aprobó el Reglamento para la implementación del Programa de Clemencia a los que se podrán acoger aquellas personas, humanas o jurídicas, que formen parte de un cartel y busquen una exención o reducción de multas aplicables por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).
- Aprobación de los dictámenes de mayoría de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y del paquete fiscal. Con la firma de 28 senadores, el oficialismo consiguió la aprobación de los dictámenes de mayoría de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y del paquete fiscal.
- Se incluye en la normativa de Exterior y Cambios a los pagarés con oferta pública denominados en moneda extranjera. El BCRA los incluyó en su normativa de exterior y cambios en la sección de emisiones de títulos de deuda con registro público en el país.
IMPUESTOS
Se actualizaron los importes mínimos de las operaciones que deben informar las entidades financieras y administradoras de pagos virtuales.
La actualización de los importes es aplicable a partir del mes de junio y regirán los siguientes mínimos para cada operación que se detalla a continuación:
En el caso de plataformas digitales
- Ingresos y egresos que sean iguales o superiores a $400.000.-
- Saldos al cierre del día que resulten iguales o superiores a $700.000.- (será de aplicación este valor tanto positivo como negativo).
En el caso de entidades financieras
- Depósitos y extracciones (en moneda argentina o extranjera) iguales o superiores a $700.000.
- Saldos al cierre del día que sean iguales o superiores a $700.000.- (será de aplicación este valor tanto positivo como negativo).
- Depósitos a plazo constituidos que resulten iguales o superiores a $700.000.
- Consumos con tarjeta de débito acumulados en el mes que igualen o superen los $400.000.
Por último, se delega la obligación a la Administración Federal de Ingresos Públicos para que actualice semestralmente, en los meses de junio y diciembre, los importes mencionados en los párrafos precedentes en función al Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que sea publicado por el INDEC. Los importes actualizados semestralmente entrarán en vigencia a partir del primer día del mes de agosto y febrero de cada año. (RG 5512/2024 (B.O. 27/05/2024))
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la fecha de presentación del SIRADIG.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 5514/2024, extendió al 30 de junio de 2024 el plazo para la presentación del formulario de Declaración Jurada F.572 (SIRADIG-Trabajador) correspondiente al período fiscal 2023.
Por su parte, quienes actúen como Agentes de Retención sobre los sueldos en relación de dependencia, tendrán tiempo hasta el 31 de julio de 2024 para practicar la liquidación anual del mencionado período fiscal. (RG 5514/2024 (B.O. 29/05/2024))
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
La Secretaría de Industria y Comercio aprobó el Reglamento para la Implementación del Programa de Clemencia de aplicación por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) frente a carteles.
Mediante la Resolución N° 98/2024 la Secretaría de Industria y Comercio aprobó el Reglamento para la Implementación del Programa de Clemencia, el que establece el procedimiento para la ejecución de este instituto, instaurado por el Articulo 60 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC). Los programas de clemencia son para las personas que quieran acogerse al beneficio de exención o reducción de multas que hayan tenido como causa haber incurrido en alguna de estas conductas:
- Concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado.
- Establecer obligaciones de (i) producir, procesar, distribuir, comprar o comercializar sólo una cantidad restringida o limitada de bienes, y/o (ii) prestar un número, volumen o frecuencia restringido o limitado de servicios.
- Repartir, dividir, distribuir, asignar o imponer en forma horizontal zonas, porciones o segmentos de mercados, clientes o fuentes de aprovisionamiento.
- Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en licitaciones, concursos o subastas.
El Reglamento crea dentro de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) la Unidad de Clemencia la cual será la encargada de realizar las tareas que requiere la implementación y ejecución del Reglamento, entre las que se encuentra dictaminar sobre la calificación preliminar del beneficio de clemencia, debiendo la CNDC evaluar posteriormente la información aportada por el solicitante y otorgar el beneficio de exoneración o reducción de sanción.
El otorgamiento del Beneficio Definitivo de Exoneración o Reducción de Sanción estará sujeto al cumplimiento del deber de colaboración. (Resolución 98/2024 (B.O. 28/5/24))
PODER LEGISLATIVO
Aprobación de los dictámenes de mayoría de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y del paquete fiscal.
El día 30 de mayo del 2024 se emitieron los dictámenes de mayoría de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” y del paquete fiscal. Ambos dictámenes plantean modificaciones respecto a los proyectos que fueron aprobados por la Cámara de Diputados. Entre los principales cambios destacamos los siguientes:
- Se estableció que cada provincia tendrá la potestad y la autonomía para adoptar el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones.
- Se excluyó del blanqueo a quienes hayan sido funcionarios públicos en los últimos diez años y a los hermanos, cónyuges, padres e hijos de funcionarios públicos.
- Se estableció una base imponible distinta y un mínimo imponible más alto en cuanto al Impuesto a las Ganancias para los contribuyentes de provincias patagónicas.
- Se subieron del 3% al 5% el tope que pueden cobrar las provincias en conceptos de regalías a la actividad minera.
En tal sentido, se espera que el proyecto de ley sea tratado por la Cámara de Senadores el día 12 de junio de 2024.
BCRA
Se incluye en la normativa de Exterior y Cambios a los pagarés con oferta pública denominados en moneda extranjera.
El BCRA dispuso incluir en el apartado Exterior y Cambios referido a “Emisiones de títulos de deuda con registro público en el país” a los pagarés con oferta pública denominados en moneda extranjera, dándoles el mismo tratamiento a ambos documentos, los cuales deberán ser liquidados en el mercado de cambios como requisito para el posterior acceso a éste para poder atender los servicios de capital y/o intereses, requisito que ya se encontraba vigente para los títulos de deuda con registro público en el país. Por su parte, se incluye en la sección relativa a las obligaciones en moneda extranjera que tienen acceso al mercado de cambios para la cancelación de capital e intereses de la normativa de Exterior y Cambios a los pagarés con oferta pública emitidos en el marco de la Resolución General CNV 1003/24 denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país, en la medida que la totalidad de los fondos obtenidos hayan sido liquidados en el mercado de cambios. (BCRA Com. A 8031 30/05/2024)