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CROZ REPORT 17/01/2025 (13/01/2025 al 17/01/2025)

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana. 

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura.

  • ARCA extendió el cómputo del impuesto a los créditos y débitos como pago a cuenta de las contribuciones patronales. El organismo fiscal prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para computar hasta el 30% del impuesto sobre los créditos y débitos como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales para las microempresas.
  • ARCA actualizó el sistema de garantías aduaneras. El organismo fiscal adecuó la normativa con respecto a los despachantes de aduana, importadores y exportadores, en lo relativo a la constitución, prórroga, sustitución y extinción de garantías otorgadas en resguardo de obligaciones fiscales donde interviene la Aduana.
  • ARCA actualizó los importes de facturación para identificar a consumidores finales. La Agencia publicó los nuevos valores en su página web, los que serán aplicables para el primer semestre del año en curso.
  • AGIP emitió un nuevo procedimiento simplificado para la devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El organismo publicó en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires la Resolución AGIP N°19/2025, que establece un procedimiento expeditivo a los efectos de verificar la procedencia y magnitud del saldo a favor reclamado por los contribuyentes o responsables en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que no exceda los $2.000.000.
  • El Poder Ejecutivo convocó a sesiones extraordinarias desde el 20 de enero hasta el 21 de febrero de 2025. El Poder Ejecutivo estableció en la convocatoria los temas que se tratarán en las sesiones extraordinarias, indicando que se encuentran entre ellos el Proyecto de Ley de Reforma Electoral y el Proyecto de Ley sobre Ficha Limpia.
  • El Poder Ejecutivo dispuso que los tramos y rutas que integren la red vial nacional serán licitados. Se establece que los tramos y rutas que integran la Red Vial Nacional serán licitados dentro del plazo de doce meses, con el fin de otorgar la concesión por peaje para la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento y prestación de servicios al usuario. 
  • Se aprobó el régimen de oferta pública de fideicomisos financieros con autorización automática. Mediante la Resolución General N°1051/2025 la CNV aprobó el régimen de oferta pública de fideicomisos financieros con autorización automática estableciendo requisitos sobre la notificación, montos máximos, transparencia, y responsabilidades informativas de los fiduciarios.
  • La CNV suspendió las disposiciones del régimen informativo de inversiones para personas humanas no residentes. La CNV resolvió suspender hasta el 16 de febrero de 2025 la aplicación de las disposiciones del régimen informativo de inversiones para personas humanas no residentes.
  • La IGJ dejó sin efecto el Registro de Entidades Inactivas. La IGJ derogó las nomas que preveían la creación y funcionamiento del Registro de Entidades Inactivas, en atención a que dicho Registro se encontraba estático y no aportaba datos fidedignos. 
  • Moratoria para la presentación de Estados Contables ante la IGJ. La IGJ dispuso un plan de regularización para que determinadas sociedades y asociaciones civiles y fundaciones regularicen la presentación de estados contables adeudados correspondientes a los últimos diez ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de agosto de 2024.

 

IMPUESTOS

ARCA extendió el cómputo del impuesto a los créditos y débitos como pago a cuenta de las contribuciones patronales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó a las microempresas a optar por computar hasta el 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales, siendo de aplicación para las remuneraciones devengadas entre los períodos enero y diciembre de 2025, ambos inclusive. (Resolución General 5632/2025 (B.O. 13/01/2025)).

 

ARCA actualizó el sistema de garantías aduaneras.

En el marco de las modificaciones incorporadas al Código Aduanero (eliminación de los registros de despachantes de aduanas y de importadores y exportadores, y las consecuentes reformas a los Registros Especiales Aduaneros), ARCA adecua la normativa en cuanto a la constitución de garantías de actuación. Al respecto, dispuso que los titulares de los bienes y/o los proponentes, deberán comunicar al organismo fiscal, dentro de los 15 días hábiles administrativos de producidos los hechos o circunstancias que afecten en más de un 25% la garantía, su valuación y/o la solvencia económica exigida en el inciso a) del apartado 1 del artículo 6° del Decreto N° 1.001/82 y sus modificaciones.

Además, se adecuaron las disposiciones en relación con el fondo común solidario como mecanismo de garantía para los agentes de transporte aduanero. Las entidades administradoras de este fondo deberán contar con habilitación de ARCA y operar bajo un reglamento específico.

Asimismo, se actualizó el procedimiento automatizado para evaluar la solvencia de los agentes de transporte aduanero, basado en los patrimonios declarados en el impuesto a las ganancias y bienes personales del último ejercicio fiscal. En ese sentido, ARCA verificará automáticamente el cumplimiento de los umbrales mínimos requeridos.

Para los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, se exigirá una declaración jurada complementaria sobre bienes personales. (Resolución General 5633/2025 (B.O. 13/01/2025)).

 

ARCA actualizó los importes de facturación para identificar a consumidores finales.

ARCA informó los nuevos valores que regirán desde el 1° de enero de 2025 para la identificación del consumidor final. Al respecto, deberá identificarse cuando el comprobante se emita por un valor de $ 417.288 o superior, si el pago se hace por medios electrónicos autorizados, o de $ 208.644 o más, si se realiza bajo otra modalidad.

Estos valores se actualizan semestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. (ARCA Novedades: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=4511).

 

AGIP emitió un nuevo procedimiento simplificado para la devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Resolución AGIP N°19/2025 establece un procedimiento expeditivo para la devolución de saldos a favor en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes con saldos a favor acumulado de hasta $2.000.000, quienes podrán realizar el trámite a través de la opción “Devolución Expeditiva de SAF” en el Sistema de Nueva Cuenta Corriente Tributaria (NCCT). Se dispone que cuando la solicitud reúna la totalidad de los requisitos para su aprobación, se informará al contribuyente o responsable el importe del saldo a favor reconocido y, en caso de corresponder, del monto a ser compensado con obligaciones adeudadas. (RG 19/2025 – AGIP (B.O. 13/01/2025)).

 

PODER EJECUTIVO

El Poder Ejecutivo convocó a sesiones extraordinarias desde el 20 de enero hasta el 21 de febrero de 2025.

A través del Decreto N° 23/2025 el Poder ejecutivo convocó al Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias desde el 20 de enero hasta el 21 de febrero de 2025. El temario de las sesiones extraordinarias es el siguiente:

  • Proyecto de Ley por el cual se aborda de manera integral el fenómeno del crimen organizado en el país – Ley Antimafias- 
  • Proyecto de Ley tendiente a modificar el Código Procesal Penal y Código Procesal Penal Federal (T.O.2019) a fin de regular la realización del Juicio en Ausencia del Imputado. 
  • Proyecto de Ley tendiente a modificar el régimen de Reiterancia, Concurso de Delitos y Unificación de Condenas.
  • Proyecto de Ley de Reforma para el Fortalecimiento Electoral.
  • Proyecto de Ley sobre Ficha Limpia.
  • Proyecto de Ley sobre Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos.
  • Consideración de Pliegos que requieran Acuerdos para designaciones y promociones del H. Senado de la Nación. (Decreto N°23/2025 (B.O. 13/01/2025)). 

 

El Poder Ejecutivo dispuso que los tramos y rutas que integren la red vial nacional serán licitados.

A través del Decreto N° 28/2025 se establece que los tramos y rutas que integren la Red Vial Nacional serán licitados dentro del plazo de doce meses con el fin de otorgar la concesión por peaje para la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento y prestación de servicios al usuario y para la realización de nuevas explotaciones complementarias o colaterales que permitan obtener ingresos adicionales. 

A su vez se indica que la Secretaría de Transporte tendrá las siguientes facultades:

  • Modificar la conformación de los Tramos de la Red Vial Nacional pudiendo excluir tramos de rutas que la integren y/o incluir nuevos tramos;
  • Efectuar la convocatoria a Licitación Pública Nacional e Internacional;
  • Dictar el acto administrativo de adjudicación y suscribir los contratos respectivos;
  • Aprobar los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y de especificaciones técnicas, el texto del contrato y toda aquella documentación necesaria para llevar a cabo el proceso licitatorio;
  • Organizar la Comisión de Concesiones, establecer las pautas de su funcionamiento y asignar tareas a los funcionarios que la integren; y
  • Calificar a los oferentes y resolver las impugnaciones a las calificaciones.

La Dirección Nacional de Vialidad será la Autoridad de Aplicación de los contratos de concesiones viales vigentes y de los que se otorgaren en el futuro. (Decreto N°28/2025 (B.O. 15/01/2025)). 

 

CNV

Se aprobó el régimen de oferta pública de fideicomisos financieros con autorización automática.

La CNV, mediante la Resolución N°1051/2025, introduce un régimen de oferta pública con autorización automática para fideicomisos financieros cuando las ofertas públicas sean de bajo o medio impacto. Se considerará que es una Oferta Pública con Autorización Automática por su Bajo Impacto cuando el monto nominal total de los valores fiduciarios emitidos por el periodo de 12 meses anteriores contados a partir de la fecha de inicio del periodo de difusión respectivo no supere el millón de unidades de valor adquisitivo (UVA). Por su parte será considerada una Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto cuando el monto no supere los siete millones de UVA.

Este tipo Ofertas Públicas con Autorización Automática contarán con autorización automática de oferta pública por parte de la CNV; serán consideradas ofertas públicas autorizadas y regulares, quedando exentas de sanciones disciplinarias relacionadas con la oferta pública irregular de valores negociables; no estarán sujetas al cumplimiento de régimen informativo adicional al que dispone la norma; y los valores fiduciarios serán considerados colocados por oferta pública, siempre que los mismos sean efectivamente colocados mediante esfuerzos acreditables.

En el caso de las emisiones de bajo impacto no estará obligado a preparar, presentar ni publicar prospectos, suplementos de prospecto para su aprobación por parte de la CNV. Por su parte en las emisiones de medio impacto se deberá presentar un prospecto de emisión, el cual no estará sujeto a aprobación ni revisión por parte de la CNV pero que deberá ser publicado al inicio del plazo de difusión a través de la Autopista de Información Financiera y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde listen y/o negocien los valores fiduciarios. (Resolución General CNV N°1051/2025 (B.O. 16/01/2025)). 

 

La CNV suspendió las disposiciones del régimen informativo de inversiones para personas humanas no residentes.

La CNV decidió en el caso de aquellas operaciones de clientes que revistan la condición de personas humanas, no residentes en la República Argentina, sin CUIT/CUIL/CDI o CIE, pero que cuenten con Clave de Identificación Tributaria de país colaborador o miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (O.C.D.E.), suspender hasta el 16 de febrero la aplicación de la obligatoriedad del cumplimiento de las disposiciones referidas a la debida diligencia y el bloqueo de las subcuentas comitentes por parte del Agente Depositario Central de Valores Negociables. (Resolución General CNV N°1052/2025 (B.O. 16/01/2025)). 

 

IGJ 

La IGJ dejó sin efecto el Registro de Entidades Inactivas.

A través de la Resolución General N° 3/2025 la IGJ dejó sin efecto el Registro de Entidades Inactivas (REI) creado a través de las Resoluciones Generales N°01/2010 y 4/2014, sin perjuicio de la vigencia de las obligaciones pendientes que recaigan en las entidades allí inscriptas y las facultades del Organismo para exigir su cumplimiento. (Resolución General IGJ N°03/2025 (B.O. 13/01/2025)). 

 

Moratoria para la presentación de Estados Contables ante la IGJ.

La IGJ establece que las Sociedades por Acciones, las de responsabilidad limitada cuyo capital social alcance la suma de $2.000.000.000, las Entidades Constituidas en el Extranjero inscriptas en los términos del artículo 118 tercer párrafo, de la Ley Nº 19.550, y las Asociaciones Civiles y Fundaciones que realicen entre el 1° de febrero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 la presentación de documentación contable (Resolución Conjunta IGJ-AFIP N° 5289/2022), estados contables y asambleas fuera de término correspondientes a los últimos diez ejercicios, abonarán el precio total y final de un único formulario. La moratoria tendrá vigencia desde el 1/02/25 y hasta el 31/12/25, encontrándose suspendido dentro de este periodo el inicio de los procedimientos sumariales por incumplimiento de presentaciones de estados contables sobre estas sociedades. No podrán acceder a esta moratoria las sociedades que hayan recibido una o más multas por el incumplimiento de su presentación, hasta tanto las mismas no hubieran sido abonadas.

Una vez que venza el plazo para la regularización la IGJ impondrá sanciones, sin necesidad de intimación previa a quienes sigan adeudando la presentación de estados contables. (Resolución General IGJ N°04/2025 (B.O. 13/01/2025)).

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