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CROZ REPORT 30/06/23 (26/06/23 al 30/06/23)

CROZ REPORT 30/6/23

Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.

Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura

  • Nuevo servicio para la tramitación de oficios judiciales ante la AFIP. La AFIP implementa el servicio “Tramitación Automática de Oficios (TAO)” con el objetivo de dar celeridad en la recepción, gestión y respuesta de los oficios judiciales cursados al organismo. 
  • La CNV modificó la definición de beneficiario final para adaptarla a la normativa de la UIF. La Comisión Nacional de Valores a través de la Resolución General N°966/2023 adecuo la definición de beneficiario final para las entidades que se encuentran sujetas a su fiscalización.
  • Acceso al mercado de cambios para sociedades del Estado. Las entidades podrán dar acceso al mercado a las organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria.
  • Modificaciones a la normativa de Exterior y Cambios. Se realizaron adecuaciones para la aplicación de divisas de cobros de exportaciones en el marco del régimen de fomento de inversión para las exportaciones. 

IMPUESTOS 

Nuevo servicio para la tramitación de oficios judiciales ante la AFIP. 

La AFIP implementa el servicio “Tramitación Automática de Oficios” -TAO- a través de su sitio “web”, como herramienta informática para la recepción, gestión y respuesta automática de oficios judiciales cursados a la misma. El mismo, podrá utilizarse de forma alternativa a los medios tradicionales habilitados por el Organismo Fiscal para la recepción y tramitación de oficios. (RG 5379 (B.O. 27/06/2023)).

CNV 

La CNV modificó la definición de beneficiario final para adaptarla a la normativa de la UIF. 

La CNV, mediante la Resolución General N° 966/2023, modificó la definición de beneficiario final para las personas y entidades sujetas a su fiscalización establecida en el artículo 8°de la Sección IV del Título XI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.) a fin de adecuarla a la definición emitida por la UIF. Con esta modificación se entenderá que es beneficiario final a la/s persona/s humana/s que posea/n como mínimo el 10% del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura jurídica; y/o a la/s persona/s humana/s que por otros medios ejerza/n el control final, directo o indirecto, de las mismas, conforme lo dispuesto por el artículo 2° de la Resolución UIF N° 112/2021 y/o aquellas que en adelante la modifiquen, complementen o sustituyan. (Resolución General N° 965/2023 (B.O.26/6/2023)).

BCRA 

Acceso al mercado de cambios para sociedades del Estado. 

El BCRA dispuso que las entidades financieras podrán dar acceso al mercado de cambios a todas las organizaciones empresariales, cualquiera sea su forma societaria, donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital social o en la formación de las decisiones societarias para efectuar la formación de activos externos con aplicación específica al pago de importaciones de combustibles o energía. (Comunicación “A” 7798 29/06/2023).

Modificaciones a la normativa de Exterior y Cambios. 

El BCRA realizó adecuaciones en la normativa de Exterior y Cambios relacionados con la aplicación de divisas de cobros de exportaciones en el marco del régimen de fomento de inversión para exportaciones incluyendo nuevos requisitos de control, tales como la obligación entidad financiera local para que realice el seguimiento del proyecto comprendido en el régimen. Por su parte, se estableció que los pagos de importaciones de bienes de capital que se concreten en forma simultánea con la liquidación de fondos obtenidos en un endeudamiento financiero con el exterior quedarán entre las excepciones que permiten a las entidades financieras otorgar acceso al mercado de cambios para realizar pagos asociados con una SIRA antes del plazo. (Comunicación “A” 7799 29/06/2023)

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