CROZ REPORT 7/7/23
Repasamos las principales medidas y novedades jurídicas de la última semana.
Los destacados de la semana en 1 minuto de lectura
- Se reducen las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires para determinados sectores productivos. Se modifica la Ley Impositiva de la Ciudad, estableciendo reducciones de alícuotas en distintos sectores productivos como por ejemplo la producción primaria, la industria manufacturera, la construcción y sus servicios, la producción de bienes.
- La CNV modificó las pautas de actuación para Agentes de Negociación. La CNV a través de la Resolución General N°967/2023 modifico las pautas de actuación para Agentes de Negociación a efectos de permitir un adecuado ejercicio de las facultades de control y supervisión asignadas a la CNV
- La CNV realizó una modificación al régimen de fusiones de fondos comunes de inversión. La CNV a través de la Resolución General N°968/2023 reglamenta el contenido mínimo del acuerdo de fusión de fondos comunes de inversión abiertos.
IMPUESTOS
Se reducen las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires para determinados sectores productivos.
Se modifica la Ley Impositiva de la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo reducciones de alícuotas en distintos sectores productivos, entre las cuales se destacan las siguientes:
– Tasa del 0,00% para las siguientes actividades de Producción Primaria y Minera: agricultura, ganadería, caza, silvicultura y explotación de minas y canteras. Anteriormente era del 0,75%.
– Alícuota del 2,00% para la actividad de fabricación de papel. Antes era del 3%.
– Alícuota del 1% para las actividades de producción y elaboración de bienes. Era del 1,5%.
– Alícuota del 2% para el sector de la Construcción y sus servicios. Anteriormente era del 2,5%. (LEY 6655 de la Ciudad de Buenos Aires (B.O. 30/06/2023))
CNV
La CNV modificó las pautas de actuación para Agentes de Negociación.
La CNV, mediante la Resolución General N° 967/2023, modificó las pautas de actuación para Agentes de Negociación en los casos de aquellos que desarrollan, de manera simultánea, actividades de corretaje de granos, agropecuarias y agroindustriales en general y/o accesorias a éstas. Las modificaciones responden a la búsqueda de reforzar los objetivos de control y supervisión de estos Agentes por parte de la CNV.
También se propiciaron modificaciones al marco normativo de los Agentes de Liquidación y Compensación Integral que ofrezcan el servicio de liquidación y compensación a los Agentes de Negociación antes descriptos con el objetivo de mejorar el régimen vigente en lo referido a la segregación de los activos de terceros, clientes de dichos Agentes de Negociación, provenientes u originados con motivo o en ocasión del desarrollo de las actividades mencionadas anteriormente, en tanto se trata de fondos provenientes de la liquidación de operaciones en el ámbito del mercado de capitales o destinados a las realización de las mismas.
Además, mediante esta Resolución se incorpora la posibilidad de que estos Agentes de Negociación realicen actividades tendientes a referenciar Fondos Comunes de Inversión a sus clientes, requiriéndose para ello la previa suscripción del respectivo convenio con al menos un ACDI, que revista adicionalmente la calidad de Agente de Liquidación y Compensación Integral. (Resolución General N° 967/2023 (B.O.3/7/2023)).
La CNV realizó una modificación al régimen de fusiones de fondos comunes de inversión
La CNV, mediante la Resolución General N° 968/2023, establece el contenido mínimo que deberá comprender el Acuerdo de fusión de fondos comunes de inversión abiertos, así como la documentación necesaria al momento de su autorización y el procedimiento de publicidad dirigido a cuotapartistas y terceros, el cual comprende desde el inicio del procedimiento de fusión hasta su efectiva entrada en vigencia.
La resolución fija un plazo para el ejercicio del derecho, por parte de cuotapartistas, de solicitar el rescate de sus cuotapartes sin ninguna comisión y/o cargo.
Además, se dispone que para la determinación de la relación de canje entre las cuotapartes de los Fondos Comunes de Inversión partícipes, se utilicen los valores correspondientes al cierre del día anterior a la fecha efectiva de la fusión.
(Resolución General N° 968/2023 (B.O.7/7/2023)).



